Ley 3198

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY Nº 3198<br /> QUE CREA LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAAGUAZÚ CON SEDE EN CORONEL<br /> OVIEDO.<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY:<br /> Artículo 1º.- Créase la Universidad Nacional de Caaguazú con sede en<br /> la Ciudad de Coronel Oviedo, cuyo funcionamiento se regirá por la Ley N°<br /> 136 del 29 de marzo de 1993 "DE UNIVERSIDADES", y la Ley N° 1.264 del 26 de<br /> mayo de 1998 "GENERAL DE EDUCACIÓN".<br /> Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los<br /> nueve días del mes de noviembre del año dos mil seis, y por la Honorable<br /> Cámara de Senadores, a los diecinueve días del mes de abril del año dos mil<br /> siete, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el<br /> Artículo 204 de la Constitución Nacional.<br /> Víctor Alcides Bogado González Enrique González<br /> Quintana<br /> Presidente<br /> Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H.<br /> Cámara de Senadores<br /> Atilio Penayo Ortega<br /> Cándido Vera Bejarano<br /> Secretario Parlamentario<br /> Secretario Parlamentario<br /> Asunción, 4 de mayo de 2007.<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Nicanor Duarte Frutos<br /> Blanca Ovelar de Duarte<br /> Ministra de Educación y Cultura