Ley 3357
PODER LEGISLATIVO
LEY Nº 3357
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA
MUNICIPALIDAD DE CIUDAD DEL ESTE A TRANSFERIR A TÍTULO GRATUITO A
FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO - MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA, UN
INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA Nº 22525, UBICADO EN
EL Km. 9 ½ MONDAY DEL CITADO MUNICIPIO, ASIENTO DE LA ESCUELA BÁSICA
N° 6109 "INMACULADA CONCEPCIÓN".
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase
a la Municipalidad de Ciudad del Este a transferir a título gratuito a
favor del Estado paraguayo - Ministerio de Educación y Cultura, un inmueble
individualizado como parte de la Finca Nº 22525 del Distrito de Ciudad del
Este, que fuera destinado para edificios públicos en el loteamiento
realizado por Angel Pérez Ramírez, identificado con Cta. Cte. Ctral. Nº 26-
2619-01 e inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos, bajo
el Nº 1 al folio 1 y siguientes del año 1998, ubicado en el Km. 9 ½ Monday
del citado municipio, asiento de la Escuela Básica N° 6109 "Inmaculada
Concepción", cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
LINEA 1-2: con rumbo S 79º 04' E (Sur, setenta y nueve grados,
cuatro minutos, Este), mide 74,08 m. (setenta y cuatro metros con
ocho centímetros), linda con la calle Nº 8;
LINEA 2-3: con rumbo N 10º 56' E (Norte, diez grados, cincuenta
y seis minutos, Este), mide 40,00 m. (cuarenta metros), linda con la
calle Nº 2;
LINEA 3-4: con rumbo N 79º 04' W (Norte, setenta y nueve grados,
cuatro minutos, Oeste), mide 74,08 m. (setenta y cuatro metros con
ocho centímetros), linda con derechos privados; y,
LINEA 4-1: con rumbo S 10º 56' W (Sur, diez grados, cincuenta y
seis minutos, Oeste), mide 40,00 m. (cuarenta metros), linda con el
resto de la fracción destinado a edificios públicos.
SUPERFICIE: 2.963 m2 2.000 cm2 (DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y
TRES METROS CUADRADOS CON DOS MIL CENTÍMETROS CUADRADOS).
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los
diecinueve días del mes de julio del año dos mil siete, y por la Honorable
Cámara de Senadores, a los once días del mes de octubre del año dos mil
siete, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el
Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Oscar Rubén Salomón Fernández Miguel Abdón
Saguier
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de
Senadores
Lino Miguel Agüero Herminio
Chena
Secretario Parlamentario Secretario
Parlamentario
Asunción, 22 de octubre de 2007.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Nicanor Duarte Frutos
Libio Wilfrido Florentin Bogado
Ministro del Interior