Ley 3388
PODER LEGISLATIVO
LEY Nº 3388
QUE AMPLÍA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO
FISCAL 2007, APROBADO POR LEY N° 3.148, DE FECHA 29 DE DICIEMBRE DE
2006 - UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ESTE.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º.- Amplíase la estimación de los ingresos de la
Administración Central - Tesorería General y Ministerio de Educación y
Cultura y de la Entidad Descentralizada, Universidad Nacional del Este,
correspondiente al Ejercicio Fiscal 2007, por un monto total de G.
3.900.000.000 (Guaraníes tres mil novecientos millones), conforme al Anexo
que se adjunta y forma parte de esta Ley.
Artículo 2°.- Apruébase la ampliación del crédito presupuestario
para la Administración Central - Ministerio de Educación y Cultura y de la
Entidad Descentralizada, Universidad Nacional del Este, correspondiente al
Ejercicio Fiscal 2007, por un monto total de G. 3.900.000.000 (Guaraníes
tres mil novecientos millones), conforme al Anexo que se adjunta y forma
parte de esta Ley.
Artículo 3°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda la adecuación de
códigos, conceptos y la programación de montos consignados en los Anexos y
detalles de la presente Ley, de acuerdo al Clasificador Presupuestario
vigente, a las técnicas de programación de ingresos, gastos, y
financiamiento, al solo efecto de la correcta registración, imputación y/o
ejecución presupuestaria.
Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los
cuatro días del mes de octubre del año dos mil siete, y por la Honorable
Cámara de Senadores, a los trece días del mes de noviembre del año dos mil
siete, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el
Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Oscar Rubén Salomón Fernández Miguel Abdón
Saguier
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de
Senadores
Lino Miguel Agüero Cándido
Vera Bejarano
Secretario Parlamentario Secretario
Parlamentario
Asunción, 26 de diciembre de 2007.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Nicanor Duarte Frutos
César Barreto Otazú
Ministro de Hacienda