Ley 3388

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY Nº 3388<br /> QUE AMPLÍA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO<br /> FISCAL 2007, APROBADO POR LEY N° 3.148, DE FECHA 29 DE DICIEMBRE DE<br /> 2006 - UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ESTE.<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY:<br /> Artículo 1º.- Amplíase la estimación de los ingresos de la<br /> Administración Central - Tesorería General y Ministerio de Educación y<br /> Cultura y de la Entidad Descentralizada, Universidad Nacional del Este,<br /> correspondiente al Ejercicio Fiscal 2007, por un monto total de G.<br /> 3.900.000.000 (Guaraníes tres mil novecientos millones), conforme al Anexo<br /> que se adjunta y forma parte de esta Ley.<br /> Artículo 2°.- Apruébase la ampliación del crédito presupuestario<br /> para la Administración Central - Ministerio de Educación y Cultura y de la<br /> Entidad Descentralizada, Universidad Nacional del Este, correspondiente al<br /> Ejercicio Fiscal 2007, por un monto total de G. 3.900.000.000 (Guaraníes<br /> tres mil novecientos millones), conforme al Anexo que se adjunta y forma<br /> parte de esta Ley.<br /> Artículo 3°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda la adecuación de<br /> códigos, conceptos y la programación de montos consignados en los Anexos y<br /> detalles de la presente Ley, de acuerdo al Clasificador Presupuestario<br /> vigente, a las técnicas de programación de ingresos, gastos, y<br /> financiamiento, al solo efecto de la correcta registración, imputación y/o<br /> ejecución presupuestaria.<br /> Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los<br /> cuatro días del mes de octubre del año dos mil siete, y por la Honorable<br /> Cámara de Senadores, a los trece días del mes de noviembre del año dos mil<br /> siete, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el<br /> Artículo 204 de la Constitución Nacional.<br /> Oscar Rubén Salomón Fernández Miguel Abdón<br /> Saguier<br /> Presidente<br /> Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H. Cámara de<br /> Senadores<br /> Lino Miguel Agüero Cándido<br /> Vera Bejarano<br /> Secretario Parlamentario Secretario<br /> Parlamentario<br /> Asunción, 26 de diciembre de 2007.<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Nicanor Duarte Frutos<br /> César Barreto Otazú<br /> Ministro de Hacienda