Ley 3399

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY Nº 3399<br /> QUE AMPLÍA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO<br /> FISCAL 2007, APROBADO POR LEY N° 3.148, DE FECHA 29 DE DICIEMBRE DE<br /> 2006 - GOBIERNO DEPARTAMENTAL DE GUAIRÁ.<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY:<br /> Artículo 1º.- Amplíase la estimación de los Ingresos de las Entidades<br /> Descentralizadas- Gobierno Departamental de Guairá, correspondiente al<br /> Ejercicio Fiscal 2007, por la suma de G. 267.294.476 (Guaraníes doscientos<br /> sesenta y siete millones doscientos noventa y cuatro mil cuatrocientos<br /> setenta y seis), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de esta<br /> Ley.<br /> Artículo 2°.- Apruébase la ampliación del crédito presupuestario de<br /> las Entidades Descentralizadas, por la suma de G. 267.294.476 (Guaraníes<br /> doscientos sesenta y siete millones doscientos noventa y cuatro mil<br /> cuatrocientos setenta y seis), que estará afectada al Presupuesto 2007 del<br /> Gobierno Departamental de Guairá, conforme al Anexo que se adjunta y forma<br /> parte de esta Ley.<br /> Artículo 3°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda la adecuación de<br /> códigos, conceptos y la programación de montos consignados en los Anexos y<br /> detalles de esta Ley, de acuerdo al Clasificador Presupuestario vigente, a<br /> las técnicas de programación de ingresos, gastos y financiamiento, al solo<br /> efecto de la correcta registración, imputación y/o ejecución<br /> presupuestaria.<br /> Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los<br /> diecisiete días del mes de octubre del año dos mil siete, y por la<br /> Honorable Cámara de Senadores, a los quince días del mes de noviembre del<br /> año dos mil siete, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo<br /> dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.<br /> Oscar Rubén Salomón Fernández Miguel Abdón<br /> Saguier<br /> Presidente<br /> Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H. Cámara de<br /> Senadores<br /> Lino Miguel Agüero Cándido<br /> Vera Bejarano<br /> Secretario Parlamentario Secretario<br /> Parlamentario<br /> Asunción, 4 de diciembre de 2007.<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Nicanor Duarte Frutos<br /> César Barreto Otazú<br /> Ministro de Hacienda<br /> |Niv. |Ent. |Descripción | | | | | |<br /> |22 |04 |GOBIERNO DEPARTAMENTAL DE GUAIRA | | | | | |<br /> | | | | | | | |<br /> |Grup.|Subgr. |Orig. |Det. |FF | | | |<br /> | |TOTALES |0 |0 |0 |0 |267.294.476 |267.294.476 |