Ley 3406

Descarga el documento

[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY N° 3406<br /> QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA<br /> MUNICIPALIDAD DE SAN LORENZO A TRANSFERIR A TÍTULO ONEROSO A FAVOR DE<br /> SU ACTUAL OCUPANTE, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA<br /> N° 5616, UBICADO EN EL BARRIO VILLA UNIVERSITARIA DEL CITADO<br /> MUNICIPIO.<br /> EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY:<br /> Artículo 1º.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase<br /> a la Municipalidad de San Lorenzo a transferir a título oneroso a favor de<br /> su actual ocupante, señor Roberto Carlos Leguizamón Fleitas, un inmueble<br /> identificado como Lote N° 02 de la Finca N° 5616 del Distrito San Lorenzo,<br /> dejado en concepto de edificios públicos en el loteamiento realizado por el<br /> señor Marcelino Careaga, inscripto en la Dirección General de los Registros<br /> Públicos, bajo el N° 1 al folio 1 y siguientes del 07 de febrero de 1967,<br /> ubicado en la calle Cornelio Vasconcellos casi Destacamento Cazal del<br /> barrio Villa Universitaria del citado municipio, cuyas dimensiones y<br /> linderos son los siguientes:<br /> AL NORTE: mide 16,02 m. (dieciséis metros con dos centímetros), linda<br /> con derechos de la Universidad Nacional de Asunción;<br /> AL SUR: mide 16,00 m. (dieciséis metros), linda con la calle Cornelio<br /> Vasconcellos;<br /> AL ESTE: mide 23,80 m. (veintitrés metros con ochenta centímetros),<br /> linda con derechos privados; y,<br /> AL OESTE: mide 24,47 m. (veinticuatro metros con cuarenta y siete<br /> centímetros), linda con el resto de la fracción destinada para<br /> edificios públicos.<br /> SUPERFICIE: 386,1.600 m2 (TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS METROS CUADRADOS<br /> CON UN MIL SEISCIENTOS CENTÍMETROS CUADRADOS).<br /> Artículo 2°.- La suma obtenida por la venta del inmueble<br /> individualizado en el Artículo 1° de la presente ley, será destinada<br /> exclusivamente para la adquisición de otro inmueble para espacio verde o<br /> plaza.<br /> Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los<br /> diecisiete días del mes de octubre del año dos mil siete, y por la<br /> Honorable Cámara de Senadores, a los veintidós días del mes de noviembre<br /> del año dos mil siete, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo<br /> dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.<br /> Oscar Rubén Salomón Fernández Miguel Abdón<br /> Saguier<br /> Presidente<br /> Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H. Cámara de<br /> Senadores<br /> Lino Miguel Agüero Cándido<br /> Vera Bejarano<br /> Secretario Parlamentario Secretario<br /> Parlamentario<br /> Asunción, 5 de diciembre de 2007.<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Nicanor Duarte Frutos<br /> Libio Wilfrido Florentin Bogado<br /> Ministro del Interior