Ley 3418

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY N° 3.418<br /> QUE DECLARA DE INTERÉS SOCIAL Y EXPROPIA A FAVOR DE LA SECRETARÍA DE<br /> ACCIÓN SOCIAL (SAS), UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO FINCA N° 2617,<br /> UBICADO EN EL LUGAR DENOMINADO TOLEDO CAÑADA DEL DISTRITO J. AUGUSTO<br /> SALDÍVAR, PARA SU POSTERIOR TRANSFERENCIA A TÍTULO ONEROSO A FAVOR DE<br /> LOS ACTUALES OCUPANTES DEL ASENTAMIENTO TAPYIRA.<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY:<br /> Artículo 1º.- Declárase de interés social y exprópiase a favor de la<br /> Secretaría de Acción Social (SAS), un inmueble individualizado como Finca<br /> N° 2617, mensurada y unificada con la Finca N° 8024, Distrito Capiatá - hoy<br /> J. Augusto Saldivar, según S. D. N° 94 del 26 de octubre de 1992, inscripto<br /> en la Dirección General de los Registros Públicos, bajo el N° 3 al folio 4<br /> y siguientes del año 1993, ubicado en el lugar denominado Toledo Cañada -<br /> Distrito J. Augusto Saldivar, para su posterior transferencia a título<br /> oneroso a favor de los actuales ocupantes del Asentamiento Tapyirã, cuyas<br /> dimensiones y linderos son los siguientes:<br /> LINEA 1-2: con rumbo S 75° 31' 59" E (Sur, setenta y cinco grados,<br /> treinta y un minutos, cincuenta y nueve segundos, Este), mide 680,00<br /> m. (seiscientos ochenta metros), linda con calle pública;<br /> LINEA 2-3: con rumbo S 17° 36' 49" W (Sur, diecisiete grados,<br /> treinta y seis minutos, cuarenta y nueve segundos, Oeste), mide 36,00<br /> m. (treinta y seis metros), linda con derechos del Sr. Sergio Benítez;<br /> LINEA 3-4: con rumbo S 76° 38' 22" E (Sur, setenta y seis grados,<br /> treinta y ocho minutos, veintidós segundos, Este), mide 334,40 m.<br /> (trescientos treinta y cuatro metros con cuarenta centímetros), linda<br /> con derechos del Sr. Sergio Benítez;<br /> LINEA 4-5: con rumbo S 17° 36' 49" W (Sur, diecisiete grados,<br /> treinta y seis minutos, cuarenta y nueve segundos, Oeste), mide 20,00<br /> m. (veinte metros), linda con derechos del Sr. Visitación Salinas;<br /> LINA 5-6: con rumbo S 76° 38' 22" E (Sur, setenta y seis grados,<br /> treinta y ocho minutos, veintidós segundos, Este), mide 97,00 m.<br /> (noventa y siete metros), linda con derechos del Sr. Visitación<br /> Salinas;<br /> LINEA 6-7: con rumbo S 19° 45' 19" W (Sur, diecinueve grados,<br /> cuarenta y cinco minutos, diecinueve segundos, Oeste), mide 16,00 m.<br /> (dieciséis metros), linda con Calle Pública;<br /> LINEA 7-8: con rumbo N 76° 42' 45" W (Norte, setenta y seis grados,<br /> cuarenta y dos minutos, cuarenta y cinco segundos, Oeste), mide<br /> 1.116,31 m. (un mil ciento dieciséis metros con treinta y un<br /> centímetros), linda con calle pública;<br /> LINEA 8-1: con rumbo N 19° 45' 19" E (Norte, diecinueve grados<br /> cuarenta y cinco minutos, diecinueve segundos, Este), mide 75,00 m.<br /> (setenta y cinco metros), linda con calle pública.<br /> SUPERFICIE: 6 ha 3.848 m2 6.512 cm2 (SEIS HECTÁREAS TRES MIL<br /> OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON SEIS MIL QUINIENTOS<br /> DOCE CENTÍMETROS CUADRADOS).<br /> Observaciones: Los puntos A y B del respectivo plano tienen las<br /> coordenadas (UTM)<br /> 1 - E: 455162,00 - N: 7187723,00<br /> 8 - E: 455136,65 - N: 7187652,42<br /> Artículo 2°.- Procédase a indemnizar a las personas que<br /> legítimamente acrediten la calidad de propietarios del inmueble expropiado,<br /> conforme con lo dispuesto por la Constitución Nacional y las leyes. La<br /> Secretaría de Acción Social (SAS) y los propietarios acordarán en un plazo<br /> de noventa días el precio de la finca expropiada. En caso de no haber<br /> acuerdo en el citado plazo, las partes recurrirán al Juzgado de Primera<br /> Instancia que corresponda, a los efectos de la determinación judicial del<br /> precio.<br /> Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los<br /> seis días del mes de setiembre del año dos mil siete, y por la Honorable<br /> Cámara de Senadores, a los once días del mes de diciembre del año dos mil<br /> siete, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el<br /> Artículo 204 de la Constitución Nacional.<br /> Oscar Rubén Salomón Fernández Miguel Abdón<br /> Saguier<br /> Presidente<br /> Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H. Cámara de<br /> Senadores<br /> Lino Miguel Agüero Alfredo<br /> Ratti Jaeggli<br /> Secretario Parlamentario Secretario<br /> Parlamentario<br /> Asunción, 26 de diciembre de 2007.<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Nicanor Duarte Frutos<br /> Libio Wilfredo Florentin Bogado<br /> Ministro del Interior