Ley 3471
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 3.471
QUE CREA EL MUNICIPIO DE CARMELO PERALTA EN EL XVII DEPARTAMENTO ALTO
PARAGUAY Y UNA MUNICIPALIDAD CON ASIENTO EN EL PUEBLO DE CARMELO PERALTA.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Créase el Municipio de Carmelo Peralta en el XVII
Departamento Alto Paraguay y a éste efecto desaféctase su territorio del
Distrito de Puerto Casado, con los siguientes límites:
PUNTO Nº 1 : Coordenadas Geográficas: Latitud Sur :
21º 30' 04,21"
Longitud
Oeste : 58º 46' 36,99"
El Punto Nº 1 se encuentra ubicado en la parte noroeste del proyecto,
que es la intersección del Riacho Coeyú y el camino que conduce a la
Estancia Cuerito.
AL NORTE:
LINEA 1 - 2: con rumbo N 62º 35' 05" E (Norte, sesenta y dos
grados, treinta y cinco minutos, cinco segundos, Este), mide 35.540,19
m. (treinta y cinco mil quinientos cuarenta metros con diecinueve
centímetros).
Tiene origen en la intersección del camino que conduce a la
Estancia Cuerito y al Riacho Coeyú, siguiendo por este último, hasta
llegar a la intersección del camino que conduce a Fuerte Olimpo.
LINEA 2 - 3: con rumbo S 83º 29' 40" E (Sur, ochenta y tres grados,
veintinueve minutos, cuarenta segundos, Este), mide 40.069,36 m.
(cuarenta mil sesenta y nueve metros con treinta y seis centímetros).
Tiene origen en la intersección del camino que conduce a Fuerte
Olimpo y al Riacho Coeyú, siguiendo por este último, hasta llegar a la
intersección del camino que conduce a Puerto Guaraní.
LINEA 3 - 4: con rumbo N 52º 00' 31" E (Norte, cincuenta y dos
grados, cero minuto, treinta y un segundos, Este), mide 21.528,61 m.
(veintiún mil quinientos veintiocho metros con sesenta y un
centímetros).
Tiene origen en la intersección del Riacho Coeyú y el camino que
conduce a Puerto Guaraní, siguiendo por este último, hasta llegar al
Río Paraguay.
AL ESTE:
LINEA 4 - 5: con rumbo S 02º 21' 15" W (Sur, dos grados, veintiún
minutos, quince segundos, Oeste), mide 50.850,67 m. (cincuenta mil
ochocientos cincuenta metros con sesenta y siete centímetros).
Tiene origen en la intersección del camino que conduce a Puerto
Guaraní y al Río Paraguay, siguiendo por este último, hasta llegar a
la intersección del camino que conduce al Puerto María Auxiliadora.
LINEA 5 - 6: con rumbo S 10º 56' 54" W (Sur, diez grados, cincuenta
y seis minutos, cincuenta y cuatro segundos, Oeste), mide 33.720,06 m.
(treinta y tres mil setecientos veinte metros con seis centímetros).
Tiene origen en la intersección del camino que conduce al Puerto
María Auxiliadora y al Río Paraguay, siguiendo por este último, hasta
llegar a la intersección del camino que conduce al Puerto Esperanza.
AL SUR:
LINEA 6 - 7: con rumbo N 77º 19' 55" W (Norte, setenta y siete
grados diecinueve minutos, cincuenta y cinco segundos, Oeste), mide
27.591,98 m. (veintisiete mil quinientos noventa y un metros con
noventa y ocho centímetros).
Tiene origen en la intersección del Río Paraguay y el camino que
conduce al Puerto Esperanza, siguiendo por este último, hasta llegar a
la intersección del Riacho Coeyú.
LINEA 7 - 8: con rumbo N 48º 47' 30" W (Norte, cuarenta y ocho
grados, cuarenta y siete minutos, treinta segundos, Oeste), mide
13.898,04 m. (trece mil ochocientos noventa y ocho metros con cuatro
centímetros).
Tiene origen en la intersección del Riacho Coeyú y el camino que
conduce al Puerto Esperanza, siguiendo por este último, hasta llegar a
la intersección del camino que conduce a la Estancia Punta Riel.
LINEA 8 - 9: con rumbo N 00º 23' 01" W (Norte, cero grado,
veintitrés minutos, un segundo, Oeste), mide 11.099,51 m. (once mil
noventa y nueve metros con cincuenta y un centímetros).
Tiene origen en la intersección de los caminos que conducen a
Puerto Esperanza y a la Estancia Punta Riel, siguiendo por este
último, hasta llegar a la intersección del camino que conduce a la
Estancia Paragro.
LINEA 9 - 10: con rumbo S 89º 58' 13" W (Sur, ochenta y nueve
grados, cincuenta y ocho minutos, trece segundos, Oeste), mide
19.257,01 m. (diecinueve mil doscientos cincuenta y siete metros con
un centímetro).
Tiene origen en la intersección de los caminos que conducen a las
Estancias Punta Riel y Paragro, siguiendo por este último, hasta
llegar a la intersección de otro camino que conduce a la Estancia
Paragro.
LINEA 10 - 11: con rumbo S 32º 15' 50" W (Sur, treinta y dos
grados, quince minutos, cincuenta segundos, Oeste), mide 19.489,38 m.
(diecinueve mil cuatrocientos ochenta y nueve metros con treinta y
ocho centímetros).
Tiene origen en la intersección de los caminos que conducen a las
Estancias Punta Riel y Paragro, siguiendo por este último, hasta
llegar a la intersección del camino que conduce a la Estancia Paragro
y al Retiro Salado - I.
LINEA 11 - 12: con rumbo S 88º 41' 20" W (Sur, ochenta y ocho
grados, cuarenta y un minutos, veinte segundos, Oeste), mide 753,07 m.
(setecientos cincuenta y tres metros con siete centímetros).
Tiene origen en la intersección de los caminos que conducen a la
Estancia Paragro y al Retiro Salado - I, siguiendo por este último,
hasta llegar a la intersección del camino que conduce a la Estancia
Cuerito.
AL OESTE:
LINEA 12 - 1: con rumbo N 13º 43' 01" W (Norte, trece grados,
cuarenta y tres minutos, un segundo, Oeste), mide 50.478,98 m.
(cincuenta mil cuatrocientos setenta y ocho metros con noventa y ocho
centímetros).
Tiene origen en la intersección de los caminos que conducen al
Retiro Salado - I y a la Estancia Cuerito, siguiendo por este último,
hasta llegar a la intersección del Riacho Coeyú.
COORDENADAS DEL PROYECTO DE CREACION DEL DISTRITO DE CARMELO PERALTA
1. X = 315.926,28 Y = 7.621.338,53
2. X = 347.475,08 Y = 7.637.702,47
3. X = 387.286,43 Y = 7.633.162,63
4. X = 404.253,22 Y = 7.646.414,39
5. X = 402.164,46 Y = 7.595.606,64
6. X = 395.760,19 Y = 7.562.500,33
7. X = 368.839,89 Y = 7.568.551,35
8. X = 358.384,15 Y = 7.577.707,38
9. X = 358.309,86 Y = 7.588.806,64
10. X = 339.052,85 Y = 7.588.796,66
11. X = 328.649,01 Y = 7.572.316,49
12. X = 327.896,14 Y = 7.572.299,26
Artículo 2º.- El área delimitada del Municipio creado por el artículo
anterior de la presente Ley, abarca la SUPERFICIE DE 4.798 Km2 5.397 ha
(CUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO KILÓMETROS CUADRADOS CON CINCO MIL
TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE HECTÁREAS).
Superficie Poligonal : 4.794 km2 4.084 ha
Superficie Extra Poligonal : + 4 km2 4.146 ha
Superficie Intra Poligonal : - 2.833 ha
SUPERFICIE TOTAL : 4.798 Km2 5.397 ha
Artículo 3º.- Créase una Municipalidad en el Municipio establecido
por el Artículo 1º de la presente Ley, con asiento en el pueblo de Carmelo
Peralta.
Artículo 4º.- Una vez promulgada la presente Ley, la Justicia
Electoral deberá convocar a Elecciones Municipales de acuerdo a la forma y
plazos establecidos en las leyes correspondientes. Hasta tanto se elijan
las nuevas autoridades, la administración del nuevo Municipio quedará a
cargo de la Municipalidad de Puerto Casado.
Artículo 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los
veinticinco días del mes de octubre del año dos mil siete, y por la
Honorable Cámara de Senadores, a los diez días del mes de abril del año dos
mil ocho, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en
el Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Oscar Rubén Salomón Fernández Miguel Abdón
Saguier
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de
Senadores
Carlos Martínez Ruiz Díaz Cándido Vera
Bejarano
Secretario Parlamentario Secretario
Parlamentario
Asunción, 2 de mayo de 2008.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Nicanor Duarte Frutos
Libio Wilfrido Florentín Bogado
Ministro del Interior