Ley 3477
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 3.477
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD
DE LIMPIO A TRANSFERIR A TÍTULO GRATUITO A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO -
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE
DE LA FINCA Nº 9024, UBICADO EN LA VILLA CONAVI DE LA COMPAÑÍA RINCÓN DEL
PEÑÓN DEL CITADO MUNICIPIO, ASIENTO DE LA ESCUELA BÁSICA N° 6558 "NIÑO
JESÚS".
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º.- Desaféctase del dominio público municipal y
autorízase a la Municipalidad de Limpio a transferir a título gratuito a
favor del Estado Paraguayo - Ministerio de Educación y Cultura, un inmueble
individualizado como parte de la Finca N° 9024 del Distrito de Limpio con
Cta. Cte. Ctral. N° 27-2304-02 destinado para edificios públicos en el
loteamiento realizado por el Banco Nacional de Ahorro y Préstamo para la
Vivienda (BANAVI), ubicado en la Villa Conavi de la compañía Rincón del
Peñón del citado municipio, asiento de la Escuela Básica N° 6558 "Niño
Jesús", cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
AL NORTE: mide 50,00 m. (cincuenta metros), linda con el
inmueble con Cta. Cte. Ctral N° 27-2304-01 destinado para plaza;
AL SUR: mide 50,00 m. (cincuenta metros), linda con derechos de
la señora Tranquilina Candia;
AL ESTE: mide 32,00 m. (treinta y dos metros), linda con una
calle pública; y,
AL OESTE: mide 32,00 m. (treinta y dos metros), linda con una
calle pública.
SUPERFICIE: 1.600 m2 (UN MIL SEISCIENTOS METROS CUADRADOS).
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a un día
del mes de noviembre del año dos mil siete, y por la Honorable Cámara de
Senadores, a los veintinueve días del mes de abril del año dos mil ocho,
quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el
Artículo 211 de la Constitución Nacional.
Oscar Rubén Salomón Fernández Miguel Abdón
Saguier
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de
Senadores
Lino Miguel Agüero
Cándido Vera Bejarano
Secretario Parlamentario Secretario
Parlamentario
Asunción, 13 de mayo de 2008.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Nicanor Duarte Frutos
Libio Wilfrido Florentín Bogado
Ministro del Interior