Ley 3489
PODER LEGISLATIVO
LEY Nº 3489
QUE MODIFICA EL ARTICULO 1º DE LA LEY Nº 404/94 "QUE CREA LA
UNIVERSIDAD EVANGELICA DEL PARAGUAY"
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Modifícase el Artículo 1º de la Ley Nº 404/94 "QUE CREA
LA UNIVERSIDAD EVANGELICA DEL PARAGUAY", el cual queda redactado como
sigue:
"Art. 1º.- Créase la Universidad Evangélica del Paraguay, entidad
de gestión privada que adecuará su funcionamiento a las normas
establecidas en la Ley Nº 136/93 "DE UNIVERSIDADES", la Ley Nº 1264/98
"GENERAL DE EDUCACION" y las demás disposiciones legales vigentes."
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a trece
días del mes de marzo del año dos mil ocho, quedando sancionado el mismo,
por la Honorable Cámara de Diputados, a ocho días del mes de mayo del año
dos mil ocho, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 204, de la
Constitución Nacional.
Oscar Rubén Salomón Fernández Miguel
Abdón Saguier
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados
H. Cámara de Senadores
Olga Ferreira de López Alfredo
Ratti Jaeggli
Secretaria Parlamentaria
Secretario Parlamentario
Asunción, 2 de junio de 2008
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Nicanor Duarte Frutos
María Ester Jiménez
Ministra de Educación y Cultura