Ley 35
QUE DECLARA DE INTERES SOCIAL Y EXPROPIA 5.306 (CINCO MIL
TRESCIENTOS SEIS) HECTÁREAS DE UN INMUEBLE UBICADO EN EL LUGAR
DENOMINADO "LIMOY" DEL DISTRITO DE HERNANDARIAS, PROPIEDAD DEL
INGENIERO JOSÉ DOMINGO OCAMPOS
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Art. 1º.- Declárase de interés social y exprópiase 5.306 (Cinco mil
trescientas seis) hectáreas del inmueble ubicado en el lugar
denominado Limoy del Distrito de Hernandarias, con Padrón N°7.463,
individualizado en la Dirección General de los Registros Públicos,
Sección de Inmuebles, como Finca N° 3.790 y/o sus desprendimientos, de
propiedad del ingeniero José Domingo Ocampos.
Art. 2º.- Procédase a indemnizar al propietario de la fracción expropiada
de conformidad a lo que dispone el artículo 96º de la Constitución
Nacional.
Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la Cámara de Senadores el veinticuatro de octubre del
año un mil novecientos ochenta y nueve y por la Cámara de Diputados,
sancionándose la Ley, el veintitrés de noviembre del año un mil
novecientos ochenta y nueve.
|El Presidente de la Cámara de |El Presidente de la Cámara de |
|Senadores |Diputados |
|Alberto Nogués |Miguel Angel Aquino |
| | |
|Evelio Fernández Arévalos |Eduardo A. Venialgo |
|Secretario Parlamentario |Secretario Parlamentario |
Asunción, 12 de diciembre de 1989.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Andrés Rodríguez
Hernando Bertoni
Ministro de Agricultura y Ganadería