Ley 3503
PODER LEGISLATIVO
LEY Nº 3503
QUE RECONOCE AL INSTITUTO TECNICO SUPERIOR "ARCO IRIS" COMO
INSTITUCION DE EDUCACION SUPERIOR
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Reconócese al Instituto Técnico Superior "Arco Iris",
como Institución de Educación Superior, que se regirá por la presente Ley,
el Artículo 79 de la Constitución Nacional, la Ley Nº 1264/98 "GENERAL DE
EDUCACION", y las demás normas pertinentes.
Artículo 2º.- Facúltase al Instituto de Educación Superior "Arco Iris"
a implementar planes y programas de estudios en el campo de la Educación
Física y Deportes, y a expedir títulos de grado.
Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a los
veinte días del mes de diciembre del año dos mil siete, quedando sancionado
el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a los cinco días del mes de
junio del año dos mil ocho, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo
211 de la Constitución Nacional.
Oscar Rubén Salomón Fernández Miguel
Abdón Saguier
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de
Senadores
Carlos Martínez Ruiz Díaz
Herminio Chena
Secretario Parlamentario Secretario
Parlamentario
Asunción, 25 de junio de 2008
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Nicanor Duarte Frutos
María Ester Jiménez
Ministra de Educación y Cultura