Ley 3611
PODER LEGISLATIVO
LEY Nº 3.611
QUE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE ASUNCIÓN, A ERIGIR UN MONUMENTO
DENOMINADO "ASUNCIÓN, MADRE DE CIUDADES Y CUNA DE LA LIBERTAD DE
AMÉRICA".
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Autorízase a la Municipalidad de la Ciudad de
Asunción, a erigir un monumento denominado "ASUNCIÓN, MADRE DE CIUDADES Y
CUNA DE LA LIBERTAD EN AMÉRICA", el cual será erigido en la Plaza de Armas,
ubicada entre las calles El Paraguayo Independiente, 14 de Mayo y la
Avenida República.
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los
veintiún días del mes de agosto del año dos mil ocho, y por la Honorable
Cámara de Senadores, a los dieciocho días del mes de setiembre del año dos
mil ocho, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en
el Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Enrique Salyn Buzarquis Cáceres Enrique González
Quintana
Presidente Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de Senadores
Francisco José Rivas Almada Lino Cesar
Oviedo
Secretario Parlamentario Secretario
Parlamentario
Asunción, 6 de octubre de 2008
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Fernando Lugo Méndez
Rafael Filizzola
Ministro del Interior