Ley 3645
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 3.645
QUE MODIFICA Y AMPLÍA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL
EJERCICIO FISCAL 2008, APROBADO POR LEY N° 3409 DEL 4 DE ENERO DE 2008
- MINISTERIO DEL INTERIOR.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Apruébase la modificación en la estimación de los
ingresos de la Administración Central (Ministerio del Interior),
correspondiente al Ejercicio Fiscal 2008, por un monto total de G.
2.360.000.000 (Guaraníes dos mil trescientos sesenta millones), conforme a
los Anexos que se adjuntan y forman parte de esta Ley.
Artículo 2°.- Amplíase la estimación de los ingresos de la
Administración Central (Ministerio del Interior), correspondiente al
Ejercicio Fiscal 2008, por un monto total de G. 860.371.929 (Guaraníes
ochocientos sesenta millones trescientos setenta y un mil novecientos
veintinueve) conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de esta Ley.
Artículo 3°.- Apruébase la ampliación del crédito presupuestario para
la Administración Central, por la suma de G. 860.371.929 (Guaraníes
ochocientos sesenta millones trescientos setenta y un mil novecientos
veintinueve), que estará afectada al Presupuesto 2008 del Ministerio del
Interior, conforme a los Anexos que se adjuntan y forman parte de esta Ley.
Artículo 4°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda la adecuación
de códigos, conceptos y la programación de montos consignados en los Anexos
y detalles de la presente Ley, de acuerdo al Clasificador Presupuestario
vigente, a las técnicas de programación de Ingresos, Gastos y
Financiamiento, al solo efecto de la correcta registración, imputación y/o
ejecución presupuestaria.
Artículo 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los dos
días del mes de setiembre del año dos mil ocho, y por la Honorable Cámara
de Senadores, a los veintiocho días del mes de octubre del año dos mil
ocho, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el
Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Mario Soto Estigarribia Enrique González
Quintana
Vicepresidente 1º en
Presidente
Ejercicio de la Presidencia H.
Cámara de Senadores
H. Cámara de Diputados
Francisco José Rivas Almada
Zulma Gómez Cáceres
Secretario Parlamentario
Secretaria Parlamentaria
Asunción, 4 de noviembre de 2008.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Vicepresidente de la República
En Ejercicio de la Presidencia
Federico Franco Gómez
Miguel Gómez
Ministro Sustituto de Hacienda