Ley 3652
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 3.652
QUE AMPLÍA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO
FISCAL 2008, APROBADO POR LEY N° 3409, DE FECHA 4 DE ENERO DE 2008 -
SERVICIO NACIONAL DE CALIDAD Y SANIDAD VEGETAL Y DE SEMILLAS (SENAVE).
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Apruébase la ampliación de los ingresos, por un monto
total de G. 1.400.000.000 (Guaraníes un mil cuatrocientos millones), que
estará afectada al Presupuesto 2008 de la Entidad Descentralizada Servicio
Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (SENAVE), conforme al
Anexo que se adjunta y forma parte de esta Ley.
Artículo 2°.- Apruébase la ampliación de los gastos, por un monto
total de G. 1.400.000.000 (Guaraníes un mil cuatrocientos millones), que
estará afectada al Presupuesto 2008 de la Entidad Descentralizada Servicio
Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (SENAVE), conforme al
Anexo que se adjunta y forma parte de esta Ley.
Artículo 3°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda la adecuación de
códigos, conceptos y la programación de montos consignados en los Anexos y
detalles de la presente Ley, de acuerdo al Clasificador Presupuestario
vigente, a las técnicas de programación de Ingresos, Gastos y
Financiamiento, al solo efecto de la correcta registración, imputación y/o
ejecución presupuestaria.
Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los dos
días del mes de setiembre del año dos mil ocho, y por la Honorable Cámara
de Senadores, a los treinta días del mes de octubre del año dos mil ocho,
quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el
Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Mario Soto Estigarribia Enrique González
Quintana
Vicepresidente 1º en
Presidente
Ejercicio de la Presidencia H. Cámara de
Senadores
H. Cámara de Diputados
Francisco José Rivas Almada
Zulma Gómez Cáceres
Secretario Parlamentario
Secretaria Parlamentaria
Asunción, 14 de noviembre de 2008.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Fernando Lugo Méndez
Dionisio Borda
Ministro de Hacienda