Ley 3679
PODER LEGISLATIVO
LEY Nº 3679
QUE MODIFICA EL ARTICULO 8º DE LA LEY Nº 1561/00 "QUE CREA EL SISTEMA
NACIONAL DEL AMBIENTE, EL CONSEJO NACIONAL DEL AMBIENTE Y LA
SECRETARIA DEL AMBIENTE"
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Modifícase el Artículo 8º de la Ley Nº 1561/00 "QUE CREA
EL SISTEMA NACIONAL DEL AMBIENTE, EL CONSEJO NACIONAL DEL AMBIENTE Y LA
SECRETARIA DEL AMBIENTE", cuyo texto queda redactado de la siguiente forma:
"Art. 8º.- La Secretaría del Ambiente se relacionará directamente
con el Poder Ejecutivo. Su presupuesto institucional deberá ser
incorporado en el Presupuesto General de la Nación dentro de los entes
autónomos y autárquicos. Se regirá por las disposiciones de esta Ley y
los Decretos reglamentarios que se dicten al efecto."
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a los
dieciséis días del mes de setiembre del año dos mil ocho, quedando
sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a los diez días
del mes de diciembre del año dos mil ocho, de conformidad a lo dispuesto en
el Artículo 207 numeral 1) de la Constitución Nacional.
Enrique Salyn Buzarquis Cáceres Enrique González
Quintana
Presidente Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de Senadores
Gustavo Mussi Melgarejo Lino César
Oviedo
Secretario Parlamentario Secretario
Parlamentario
Asunción, 30 de diciembre de 2008.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Fernando Armindo Lugo Méndez
Cándio Vera Bejarano Dionisio Borda
Ministro de Agricultura y Ganadería Ministro de
Hacienda