Ley 3687
PODER LEGISLATIVO
LEY Nº 3.687
QUE CREA LA UNIVERSIDAD LEONARDO DA VINCI.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Créase la Universidad Leonardo Da Vinci, entidad
privada que adecuará su funcionamiento a las normas establecidas en la Ley
Nº 136/93 "DE UNIVERSIDADES" y sus modificaciones, y la Ley Nº 1264/98
"GENERAL DE EDUCACION".
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los
siete días del mes de octubre del año dos mil ocho, y por la Honorable
Cámara de Senadores, a los doce días del mes de diciembre del año dos mil
ocho, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el
Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Enrique Salyn Buzarquis Cáceres Enrique González
Quintana
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara
de Senadores
Gustavo Mussi Melgarejo
Lino César Oviedo
Secretario Parlamentario
Secretario Parlamentario
Asunción, 26 de diciembre de 2008.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Fernando Lugo Méndez
Horacio Galeano Perrone
Ministro de Educación y Cultura