Ley 3695
PODER LEGISLATIVO
LEY Nº 3.695
QUE AMPLÍA Y MODIFICA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL
EJERCICIO FISCAL 2008, APROBADO POR LEY N° 3.409, DE FECHA 4 DE ENERO
DE 2008 - DIRECCIÓN NACIONAL DE ADUANAS Y EL BANCO CENTRAL DEL
PARAGUAY.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Apruébase la modificación en la estimación de los
ingresos, la transferencia de créditos, el traslado de cargo del Anexo de
Remuneraciones del Personal, dentro del Presupuesto General de la Nación,
Ejercicio Fiscal 2008 del Banco Central del Paraguay, por un monto de G.
14.737.938 (Guaraníes catorce millones setecientos treinta y siete mil
novecientos treinta y ocho), conforme a los Anexos que se adjuntan y forman
parte de esta Ley.
Artículo 2°.- Apruébase la ampliación y la modificación en la
estimación de los Ingresos, la transferencia de créditos, el traslado de
cargo del Anexo de Remuneraciones del Personal, dentro del Presupuesto
General de la Nación, Ejercicio Fiscal 2008 de la Dirección Nacional de
Aduanas, por un monto de G. 14.741.675 (Guaraníes catorce millones
setecientos cuarenta y un mil seiscientos setenta y cinco), conforme a los
Anexos que se adjuntan y forman parte de esta Ley.
Artículo 3°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda la adecuación de
códigos, conceptos y la programación de montos consignados en los Anexos y
detalles de esta Ley, de acuerdo al Clasificador Presupuestario vigente, a
las técnicas de programación de ingresos, gastos, y financiamiento, al solo
efecto de la correcta registración, imputación y/o ejecución
presupuestaria.
Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los
veinticinco días del mes de noviembre del año dos mil ocho, y por la
Honorable Cámara de Senadores, a los dieciocho días del mes de diciembre
del año dos mil ocho, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo
dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Enrique Salyn Buzarquis Cáceres Enrique González
Quintana
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara
de Senadores
Juan Roberto Espínola Riveros
Lino César Oviedo
Secretario Parlamentario
Secretario Parlamentario
Asunción, 14 de enero de 2008.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Fernando Lugo Méndez
Dionisio Borda
Ministro de Hacienda
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