Ley 3707
PODER LEGISLATIVO
LEY Nº 3.707
QUE CREA LA UNIVERSIDAD CENTRO MEDICO BAUTISTA (UCMB)
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Créase la UNIVERSIDAD CENTRO MEDICO BAUTISTA (UCMB),
entidad privada que adecuará su funcionamiento a las normas establecidas en
la Ley Nº 136 del 29 de marzo de 1993 "De Universidades", la Ley Nº 1264
del 26 de mayo de 1998 "General de Educación" y las demás disposiciones
legales vigentes.
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a los dos
días del mes de octubre del año dos mil ocho, quedando sancionado el mismo
por la Honorable Cámara de Diputados, a los diecinueve días del mes de
marzo del año dos mil nueve, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo
204 de la Constitución Nacional.
Enrique Salyn Buzárquis Cáceres Enrique González
Quintana
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de
Senadores
Gustavo Mussi Melgarejo
Zulma Gómez Cáceres
Secretario Parlamentario Secretaria
Parlamentario
Asunción, 6 de abril de 2009.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Fernando Armindo Lugo Méndez
Horacio Galeano Perrone
Ministro de Educación y Cultura