Ley 3717
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 3.717
QUE DECLARA DE UTILIDAD PÚBLICA E INTERÉS SOCIAL Y EXPROPIA A FAVOR DE LA
JUNTA DE SANEAMIENTO ARROYITO RUTA V, CON PERSONERIA JURIDICA APROBADA POR
DECRETO Nº 1198 DEL 12 DE DICIEMBRE DE 2003, UNA FRACCIÓN DE INMUEBLE
INDIVIDUALIZAD COMO PARTE DE LA FINCA Nº 5295, UBICADA EN EL LUGAR
DENOMINADO ARROYITO - COLONIA EXCOBANTIENTE DEL MUNICIPIO
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Declárase de utilidad e interés social y exprópiase
a favor de la Junta de Saneamiento Arroyito Ruta V, con personería jurídica
aprobada por Decreto Nº 1198 del 12 de diciembre de 2003, una fracción de
inmueble individualizada como parte de la Finca Nº 5295 - Distrito de
Horqueta, ubicada en el lugar denominado Arroyito - Colonia Excombatiente
del citado municipio, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
Lado a - 2: con rumbo magnético N 47º 20' 09" E (Norte, cuarenta y
siete grados, veinte minutos, nueve segundos, Este), mide 4,00 m. (cuatro
metros), linda con la Ruta "V" que une Concepción con Pedro Juan Caballero;
Lado 2 - 3: con rumbo magnético S 42º 39' 51" E (Sur, cuarenta y dos
grados, treinta y nueve minutos, cincuenta y un segundos, Este), mide 30,00
m (treinta metros), linda con el Lote Nº 7;
Lado 3 - 4: con rumbo magnético S 47º 20' 09" W (Sur, cuarenta y
siete grados, veinte minutos, nueve segundos, Oeste), mide 12,00 m. (doce
metros), linda con derechos de la vendedora Catalina Olguín Valenzuela de
Cañete;
Lado 4 - c: con rumbo magnético N 42º 39' 51" W (Norte, cuarenta y
dos grados, treinta y nueve minutos, cincuenta y un segundos, Oeste), mide
12,00 m. (doce metros), linda con derechos de la vendedora Catalina Olguín
Valenzuela de Cañete;
Lado c - b: con rumbo magnético N 47º 20' 09" E (Norte, cuarenta y
siete grados, veinte minutos, nueve segundos, Este), mide 8,00 m. (ocho
metros) linda con el Lote "A" Resto; y
Lado b - a: con rumbo magnético N 42º 39' 51" W (Norte, cuarenta y
dos grados, treinta y nueve minutos, cincuenta y un segundos, Oeste) mide
18,00 m. (dieciocho metros) linda con el Lote "A" Resto.
SUPERFICIE: 216 m2 (DOSCIENTOS DIECISÉIS METROS CUADRADOS).
Puntos Georreferenciados - Coordenadas U. T. M. 21 J
Punto "1" N=7437479.912 E=523605.85
Punto "2" N=7437488.06 E=523614.67
Punto "4" N=7437457.86 E=523626.18
Artículo 2º.- Procédase a indemnizar a las personas que legítimamente
acrediten la calidad de propietarios de la fracción expropiada, conforme
dispone la Constitución Nacional y las leyes. La Junta de Saneamiento
Arroyito Ruta V, y los propietarios acordarán en un plazo de noventa días
el precio de la fracción expropiada. En caso de no haber acuerdo en el
citado plazo, las partes recurrirán al Juzgado de Primera Instancia que
corresponda, a los efectos de la determinación judicial del precio.
Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los
veintitrés días del mes de octubre del año dos mil ocho, y por la Honorable
Cámara de Senadores, a los dos días del mes de abril del año dos mil nueve,
quedando sancionado el mismo, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo
204 de la Constitución Nacional.
Enrique Salyn Buzarquis Cáceres Oscar Denis Sánchez
Presidente
Vicepresidente 1º en
H. Cámara de Diputados Ejercicio de la
Presidencia
H. Cámara de Senadores
Francisco José Rivas Almada Lino
Cesar Oviedo
Secretario Parlamentario Secretaria
Parlamentaria
Asunción, 27 de abril de 2009.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Fernando Lugo Méndez
Rafael Filizzola
Ministro del Interior