Ley 3730
PODER LEGISLATIVO
LEY Nº 3730
QUE DECLARA EN SITUACION DE EMERGENCIA A LOS DEPARTAMENTOS: I CONCEPCIÓN,
XV PRESIDENTE HAYES, XVI ALTO PARAGUAY Y XVII BOQUERON.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Declárase en situación de Emergencia a los
Departamentos: I Concepción, XV Presidente Hayes, XVI Alto Paraguay y XVII
Boquerón, de conformidad al Artículo 202, numeral 13) de la Constitución
Nacional, para combatir la grave sequía que afecta a estas zonas del
territorio de la República del Paraguay.
Artículo 2°.- Los Ministerios dependientes del Poder Ejecutivo, la
Secretaría de Emergencia Nacional (S. E. N.), y los organismos concurrentes
por la Ley Nº 2615/05 "QUE CREA LA SECRETARIA DE EMERGENCIA NACIONAL (S. E.
N.)", adoptarán todas las medidas conducentes para cooperar con los
pobladores y productores de los Departamentos hallados en situación
crítica, citados en el artículo anterior, mediante asistencia técnica y
crediticia oportuna; como asimismo, se impriman medidas de carácter
sanitario y de asistencia social.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los
treinta días del mes de abril del año dos mil nueve, y por la Honorable
Cámara de Senadores, a los cinco días del mes de mayo del año dos mil
nueve, quedando sancionado el mismo, de conformidad a lo dispuesto en el
Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Enrique Salyn Buzarquis Cáceres Enrique González Quintana
Presidente Presidente
H. Cámara de Diputados H.
Cámara de Senadores
Gustavo Mussi Melgarejo Lino Cesar
Oviedo
Secretario Parlamentario Secretaria
Parlamentaria
Asunción, 11 de mayo de 2009
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Fernando Armindo Lugo Méndez
Rafael Filizzola
Ministro del Interior