Ley 3731
PODER LEGISLATIVO
LEY Nº 3731
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD
DE ÑEMBY A TRANSFERIR A TÍTULO ONEROSO A FAVOR DE SUS ACTUALES OCUPANTES,
UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA Nº 1.397, UBICADO EN EL
BARRIO PA'I ÑU DEL CITADO MUNICIPIO.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Desaféctase del dominio público municipal y
autorízase a la Municipalidad de Ñemby a transferir a título oneroso a
favor de sus actuales ocupantes, un inmueble individualizado como parte de
la Finca Nº 1.397, del Distrito de Ñemby, inscripto en la Dirección General
de los Registros Públicos, bajo el Nº 1 al folio 1 y siguientes del 6 de
diciembre de 1977, ubicado en el barrio Pa'i Ñú del citado Municipio, cuyas
dimensiones y linderos son los siguientes:
Línea 1-2: rumbo S 12º 17' 10" W (Sur, doce grados, diecisiete
minutos, diez segundos, Oeste), mide 46,12 m. (cuarenta y seis metro con
doce centímetros), linda con la calle 2;
Línea 2-3: rumbo N 39º 52' 51" W (Norte, treinta y nueve grados,
cincuenta y tres minutos, cincuenta y un segundos, Oeste), mide 50,56 m.
(cincuenta metros con sesenta y dos centímetros), linda con derechos
municipales (hoy zanja);
Línea 3-4: rumbo N 12º 17' 10" N (Norte, doce grados, diecisiete
minutos, diez segundos, Este), mide 07,00 m. (siete metros), linda con
derechos municipales (hoy zanja);
Línea 4-5: rumbo N 79º 16' 10" W (Norte, setenta y nueve grados,
dieciséis minutos, diez segundos, Oeste), mide 20,00 m. (veinte metros),
linda con derechos municipales (hoy zanja);
Línea 5-6: rumbo S 12º 17' 10" W (Sur, doce grados, diecisiete
minutos, diez segundos, Oeste), mide 20,00 m. (veinte metros), linda con
derechos municipales (hoy zanja);
Línea 6-7: rumbo N 79º 16' 10" W (Note, setenta y nueve grados,
dieciséis minutos, diez segundos, Oeste), mide 42,91 m. (cuarenta y dos
metros con noventa y un centímetros), linda con derechos municipales (hoy
zanja);
Línea 7-8: rumbo N 10º 39' 28" E (Norte, diez grados, treinta y nueve
minutos, veintiocho segundos, Este), mide 26,99 m. (veintiséis metros con
noventa y nueve centímetros), linda con la calle 3;
Línea 8-1: rumbo S 79º 16' 10" E (Sur, setenta y nueve grados,
dieciséis minutos, diez segundos, Este), mide 103,68 m. (ciento tres metros
con sesenta y ocho centímetros, linda con la calle 4.
SUPERFICIE: 2.510,3.200 m2 (DOS MIL QUINIENTOS DIEZ METROS CUADRADOS
CON TRES MIL DOSCIENTOS CENTÍMETROS CUADRADOS).
El vértice 1 tiene las coordenadas U. T. M. - X: 445.972,76
- Y: 7.191.151,78
El vértice 2 tiene las coordenadas U. T. M. - X: 445.961,75
- Y: 7.191.106,99
Artículo 2°.- La suma obtenida por la venta del inmueble
individualizado en el Artículo 1º de la presente Ley, será destinada
exclusivamente para la adquisición de otro inmueble para espacio verde o
plaza.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los
veinticinco días del mes de noviembre del año dos mil ocho, y por la
Honorable Cámara de Senadores, a los cinco días del mes de mayo del año dos
mil nueve, quedando sancionado el mismo, de conformidad a lo dispuesto en
el Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Enrique Salyn Buzarquis Cáceres Enrique González Quintana
Presidente Presidente
H. Cámara de Diputados H.
Cámara de Senadores
Gustavo Mussi Melgarejo Lino Cesar
Oviedo
Secretario Parlamentario Secretaria
Parlamentaria
Asunción, 26 de mayo de 2009
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Fernando Lugo Méndez
Rafael Filizzola
Ministro del Interior