Ley 3751

Descarga el documento

[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY Nº 3.751<br /> QUE DECLARA DE INTERES SOCIAL Y EXPROPIA A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO -<br /> SECRETARIA DE ACCIÓN SOCIAL (SAS), UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE<br /> DE LA FINCA Nº 1.725, UBICADO EN EL BARRIO SAN JORGE DE LA 3ª COMPAÑÍA ISLA<br /> BOGADO DEL MUNICIPIO DE LUQUE, PARA SU POSTERIOR TRASNFERENCIA A TÍTULO<br /> ONEROSO A FAVOR DE SUS ACTUALES OCUPANTES.<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY<br /> Artículo 1°.- Declárase de interés social y exprópiase a favor del<br /> Estado paraguayo - Secretaría de Acción Social (SAS), un inmueble<br /> individualizado como parte de la Finca Nº 1725 del Distrito de Luque,<br /> ubicado en el barrio San Jorge de la 3ª compañía Isla Bogado del citado<br /> municipio, para su posterior transferencia a título oneroso a favor de sus<br /> actuales ocupantes, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:<br /> LINEA 1 - 2: mide 38,90 m. (treinta y ocho metros con noventa<br /> centímetros), linda con derechos privados;<br /> LINEA 2 - 3: mide 16,00 m. (dieciséis metros), linda con derechos<br /> privados;<br /> LINEA 3 - 4: mide 34,00 m. (treinta y cuatro metros), linda con<br /> derechos privados;<br /> LINEA 4 - 5: mide 32,34 m. (treinta y dos metros con treinta y cuatro<br /> centímetros), linda con derechos privados;<br /> LINEA 5 - 6: mide 174,12 m. (ciento setenta y cuatro metros con doce<br /> centímetros), linda con camino vecinal;<br /> LINEA 6 - 7: mide 31,00 m. (treinta y un metros), linda con derechos<br /> de Reineria Solís de Zárate;<br /> LINEA 7 - 8: mide 32,00 m. (treinta y dos metros), linda con<br /> derechos de Reineria Solís de Zárate;<br /> LINEA 8 - 9: mide 32,00 m. (treinta y dos metros), linda con derechos<br /> de Reineria Solís de Zárate;<br /> LINEA 9 - 10: mide 72,80 m. (setenta y dos metros con ochenta<br /> centímetros), linda con camino vecinal;<br /> LINEA 10 - 11: mide 69,00 m. (sesenta y nueve metros), linda con la<br /> Fracción E; y,<br /> LINEA 11 - 1: mide 322,70 m. (trescientos veintidós metros con<br /> setenta centímetros), linda con calle pública.<br /> SUPERFICIE: 1 Ha. 7.810 m2 0050 cm2 (UNA HECTAREA, SIETE MIL<br /> OCHOCIENTOS DIEZ METROS CUADRADOS CON CINCUENTA CENTIMETROS CUADRADOS).<br /> Artículo 2º.- Procédase a indemnizar a las personas que legítimamente<br /> acrediten la calidad de propietarios del inmueble expropiado, conforme con<br /> lo dispuesto por la Constitución Nacional y las leyes. La Secretaría de<br /> Acción Social (SAS) y los propietarios acordarán en un plazo de noventa<br /> días el precio de la finca expropiada. En caso de no haber acuerdo en el<br /> citado plazo, las partes recurrirán al Juzgado de Primera Instancia que<br /> corresponda, a los efectos de la determinación judicial del precio.<br /> Artículo 3º.- La transferencia de los lotes a los ocupantes se<br /> realizará después de comprobarse fehacientemente que los mismos no poseen<br /> otros inmuebles en el territorio de la República, a través de un<br /> certificado de no poseer bienes inmuebles.<br /> Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los<br /> once días del mes de diciembre del año dos mil ocho, y por la Honorable<br /> Cámara de Senadores, a los veintiséis días del mes de mayo del año dos mil<br /> nueve, quedando sancionado el mismo, de conformidad a lo dispuesto en el<br /> Artículo 204 de la Constitución Nacional.<br /> Enrique Salyn Buzarquis Cáceres Enrique González Quintana<br /> Presidente Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H.<br /> Cámara de Senadores<br /> Gustavo Mussi Caballero Lino César<br /> Oviedo<br /> Secretario Parlamentario Secretario<br /> Parlamentario<br /> Asunción, 10 de junio de 2009<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Fernando Lugo Méndez<br /> Rafael Filizzola<br /> Ministro del Interior