Ley 3768
PODER LEGISLATIVO
LEY Nº 3.768
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD
DE ITÁ A TRANSFERIR A TÍTULO GRATUÍTO A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO -
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE
DE LA FINCA Nº 8.849, UBICADO EN EL LUGAR DENOMINADO CALLE POÍ DEL CITADO
MUNICIPIO, ASIENTO DE LA ESCUELA BASICA Nº 6.211 "INMACULADA CONCEPCIÓN".
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Desaféctase del dominio público municipal y
autorizase a la Municipalidad de Itá a transferir a título gratuito a favor
del Estado paraguayo - Ministerio de Educación y Cultura, un inmueble
individualizado como Lote Nº 2 - Manzana 08 de la Finca Nº 8.849 Distrito
Itá, inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos, bajo el
Nº 1 al folio 1 y siguientes del 22 de Enero de 1999, ubicado en el lugar
denominado Calle Poí del citado municipio, asiento de la Escuela Básica Nº
6.211 "Inmaculada Concepción", cuyas dimensiones y linderos son los
siguientes:
AL NORTE: mide 60,00 m. (sesenta metros), linda con el Lote Nº 01
destinado para plaza;
AL SUR: mide 60,00 m. (sesenta metros), linda con los Lotes Nºs 3 y 8
de la misma manzana;
AL ESTE: mide 22,83 m. (veintidós metros con ochenta y tres
centímetros), linda con la calle 02, y
AL OESTE: mide 22,83 m. (veintidós metros con ochenta y tres
centímetros), linda con la calle 01.
SUPERFICIE: 1.370 m2 (UN MIL TRESCIENTOS SETENTA METROS CUADRADOS).
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los
diecinueve días del mes de marzo del año dos mil nueve, y por la Honorable
Cámara de Senadores, a los dieciséis días del mes de junio del año dos mil
nueve, quedando sancionado el mismo, de conformidad a lo dispuesto en el
Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Enrique Salyn Buzarquis Cáceres Enrique González Quintana
Presidente Presidente
H. Cámara de Diputados H.
Cámara de Senadores
Clemente Barrios
Lino Cesar Oviedo
Secretario Parlamentario Secretario
Parlamentario
Asunción, 1 de julio de 2009
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Fernando Lugo Méndez
Rafael Filizzola
Ministro del Interior