Ley 3797
PODER LEGISLATIVO
LEY Nº 3.797
QUE DECLARA DE INTERES SOCIAL Y DESAFECTA LA FINCA Nº 2699, PROPIEDAD DEL
ESTADO PARAGUAYO - MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES, Y
TRANSFIERE AL INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RURAL Y DE LA TIERRA
(INDERT)
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Declárase de interés social y desaféctase bien del
Estado paraguayo - Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, la
propiedad identificada como Finca Nº 2699, del Distrito de Corpus Christi
del XIV Departamento Canindeyú y transfiérase al Instituto Nacional de
Desarrollo Rural y de la Tierra (INDERT), para otorgar título de propiedad
a los ocupantes, de conformidad a lo que establece el Estatuto Agrario.
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a
veintiséis días del mes de mayo del año dos mil nueve, quedando sancionado
el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a dieciséis días del mes de
julio del año dos mil nueve, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo
207 numeral 1) de la Constitución Nacional.
Enrique Salyn Buzarquis Cáceres Miguel Carrizosa Galiano
Presidente Presidente
H. Cámara de Diputados H.
Cámara de Senadores
Oscar Luís Tuma Bogado Orlando Fiorotto
Sánchez
Secretario Parlamentario Secretario
Parlamentario
Asunción, 11 de agosto de 2009
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Fernando Armindo Lugo Méndez
Dionisio Borda
Ministro de Hacienda