Ley 3841
PODER LEGISLATIVO
LEY Nº 3.841
QUE AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO A FAVOR DEL
GOBIERNO DEPARTAMENTAL DE CONCEPCIÓN, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO
FINCA Nº 6532 DEL DISTRITO DE CONCEPCIÓN, PROPIEDAD DE LA EXTINGUIDA
ENTIDAD DENOMINADA INSTITUTO DE DESARROLLO MUNICIPAL (IDM).
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Autorízase al Poder Ejecutivo a transferir a título
gratuito a favor del Gobierno Departamental de Concepción, un inmueble
propiedad de la extinguida entidad denominada Instituto de Desarrollo
Municipal (IDM), individualizado como Finca Nº 6532 (anterior Finca Nº 492)
Cta. Cte. Ctral. Nº 17.476.01, Padrón Nº 1450 del Distrito de Concepción,
asiento del actual barrio conocido como IDM de la referida ciudad, a fin de
que el gobierno departamental pueda regularizar la situación dominial de
los lotes ocupados.
Artículo 2º.- De conformidad con la Ley Nº 2078/03 "QUE DEROGA LA LEY
Nº 291 DEL 10 DE NOVIEMBRE DE 1971 "QUE CREA EL INSTITUTO DE DESARROLLO
MUNICIPAL (IDM)", el Presidente de la República designará al funcionario
que en representación de la extinguida entidad denominada Instituto de
Desarrollo Municipal (IDM), suscribirá la escritura traslativa de dominio a
favor del Gobierno Departamental del primer Departamento.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a los
veintiséis días del mes de mayo del año dos mil nueve, quedando sancionado
el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a los tres días del mes de
setiembre del año dos mil nueve, de conformidad a lo dispuesto en el
Artículo 207 numeral 2) de la Constitución Nacional.
Enrique Salyn Buzarquis Cáceres Miguel
Carrizosa Galiano
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados
H. Cámara de Senadores
Oscar Luís Tuma Bogado Ana María
Mendoza de Acha
Secretario Parlamentario Secretario
Parlamentario
Asunción, 22 de setiembre de 2009
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Fernando Lugo Méndez
Rafael Filizzola Serra
Ministro del Interior