Ley 3843
PODER LEGISLATIVO
LEY Nº 3.843
QUE CREA LA UNIVERSIDAD SANTA CLARA DE ASÍS (USCA).
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Créase la Universidad Santa Clara de Asís (USCA),
como entidad de gestión privada que adecuará su funcionamiento a las normas
establecidas en la Ley Nº 136/93 "DE UNIVERSIDADES", su modificatoria
establecida a través de la Ley Nº 2.529/06 "QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 4º,
5º, 8º Y 15 DE LA LEY Nº 136/93", y la Ley Nº 1.264/98 "GENERAL DE
EDUCACIÓN".
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los
once días del mes de junio del año dos mil nueve, y por la Honorable Cámara
de Senadores, a los tres días del mes de setiembre del año dos mil nueve,
quedando sancionado el mismo, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo
204 de la Constitución Nacional.
Enrique Salyn Buzarquis Cáceres Miguel
Carrizosa Galiano
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados
H. Cámara de Senadores
Oscar Luís Tuma Bogado Ana María
Mendoza de Acha
Secretario Parlamentario Secretario
Parlamentario
Asunción, 23 de setiembre de 2009
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Fernando Lugo Méndez
Luís Alberto Riart Montaner
Ministro de Educación y Cultura