Ley 3844
PODER LEGISLATIVO
LEY Nº 3.844
QUE DECLARA A LA CIUDAD DE FÉLIX PÉREZ CARDOZO "CUNA NACIONAL DEL ARPA" Y
AL DEPARTAMENTO DEL GUIRÁ "CAPITAL NACIONAL DEL ARPA".
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Declárase a la Ciudad de Félix Pérez Cardozo "CUNA
NACIONAL DEL ARPA", en homenaje a don Félix Pérez Cardozo, destacado
artista nacional y eximio pionero del arpa.
Artículo 2º.- Declárase al Departamento del Guairá "CAPITAL NACIONAL
DEL ARPA".
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los
dieciséis días del mes de junio del año dos mil nueve, y por la Honorable
Cámara de Senadores, a los tres días del mes de setiembre del año dos mil
nueve, quedando sancionado el mismo, de conformidad a lo dispuesto en el
Artículo 207 numeral 2 de la Constitución Nacional.
Enrique Salyn Buzarquis Cáceres Miguel
Carrizosa Galiano
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados
H. Cámara de Senadores
Oscar Luís Tuma Bogado Ana María
Mendoza de Acha
Secretario Parlamentario Secretario
Parlamentario
Asunción, 23 de setiembre de 2009
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Fernando Lugo Méndez
Luís Alberto Riart Montaner
Ministro de Educación y Cultura