Ley 3864
PODER LEGISLATIVO
LEY Nº 3.864
QUE AMPLÍA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL
2009, APROBADO POR LEY Nº 3.692, DE FECHA 13 DE ENERO DE 2009, INDUSTRIA
NACIONAL DEL CEMENTO (INC).
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Amplíase la estimación de los ingresos de la Entidad
Descentralizada - Industria Nacional del Cemento (INC), correspondiente al
Ejercicio Fiscal 2009, por un monto total de G. 51.289.208.060 (Guaraníes
cincuenta y un mil doscientos ochenta y nueve millones doscientos ocho mil
sesenta), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente
Ley.
Artículo 2º.- Apruébase la ampliación del crédito presupuestario, por
la suma de 51.289.208.060 (Guaraníes cincuenta y un mil doscientos ochenta
y nueve millones doscientos ocho mil sesenta), que estará afectada al
Presupuesto 2009 de la Industria Nacional del Cemento (INC), conforme al
Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Ley.
Artículo 3º.- Autorízase al Ministerio de Hacienda la adecuación de
códigos, conceptos y la programación de montos consignados en los Anexos y
detalles de la presente Ley, de acuerdo al Clasificador Presupuestario
vigente, a las técnicas de programación de ingresos, gastos y
financiamiento, al solo efecto de la correcta registración, imputación y/o
ejecución presupuestaria.
Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los
ocho días del mes de setiembre del año dos mil nueve, y por la Honorable
Cámara de Senadores, a los diecisiete días del mes de setiembre del año dos
mil nueve, quedando sancionado el mismo, de conformidad a lo dispuesto en
el Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Enrique Salyn Buzarquis Cáceres Miguel
Carrizosa Galiano
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados
H. Cámara de Senadores
Oscar Luís Tuma Bogado Ana María
Mendoza de Acha
Secretario Parlamentario Secretario
Parlamentario
Asunción, 2 de octubre de 2009
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Fernando Lugo Méndez
Dionisio Borda
Ministro de Hacienda
[pic]