Ley 3882
PODER LEGISLATIVO
LEY Nº 3.882
QUE MODIFICA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO
FISCAL 2009, APROBADO POR LEY Nº 3.692, DE FECHA 13 DE ENERO DE 2009 -
INDUSTRIA NACIONAL DEL CEMENTO (INC).
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Apruébase la transferencia de créditos de la Entidad
Descentralizada, por la suma de G. 4.305.600.000 (Guaraníes cuatro mil
trescientos cinco millones seiscientos mil) que afectará al Presupuesto
2009 de la Industria Nacional del Cemento (INC), conforme al Anexo que se
adjunta y forma parte de esta Ley.
Artículo 2º.- Autorízase la presente modificación presupuestaria de
conformidad a lo establecido en el Artículo 16, último párrafo de la Ley Nº
3.692/09 "QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO
FISCAL 2009".
Artículo 3º.- Autorízase al Ministerio de Hacienda la adecuación de
códigos, conceptos y la programación de montos consignados en los Anexos y
detalles de la presente Ley, de acuerdo al Clasificador Presupuestario
vigente, a las técnicas de programación de ingresos, gastos y
financiamiento, al solo efecto de la correcta registración, imputación y/o
ejecución presupuestaria.
Artículo 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los
ocho días del mes de setiembre del año dos mil nueve, y por la Honorable
Cámara de Senadores, a un día del mes de octubre del año dos mil nueve,
quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el
Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Enrique Salyn Buzarquis Cáceres Miguel Carrizosa
Galiano
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H.
Cámara de Senadores
Oscar Luis Tuma Bogado Orlando
Fiorotto Sánchez
Secretario Parlamentario
Secretario Parlamentario
Asunción, 15 de octubre de 2009.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Fernando Lugo Méndez
Dionisio Borda
Ministro de Hacienda
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