Ley 3912
PODER LEGISLATIVO
LEY Nº 3.912
QUE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE ASUNCIÓN A ERIGIR MONOLITO
Y BUSTOS, Y A TRASLADAR MONUMENTOS EN ESPACIO PÚBLICO DE LA CIUDAD.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Autorízase a la Municipalidad de la Ciudad de
Asunción, a erigir monolito y bustos, y a trasladar monumentos en espacios
públicos de la ciudad, conforme al siguiente detalle:
a. Colocación de un monolito y erección de un busto en homenaje a Augusto
Roa Bastos, en el Paseo Cultural Iberoamérica.
b. Colocación de un monolito y erección de un busto en homenaje a Manuela
Cañizares, en el Paseo La Libertad.
c. Colocación de un busto en homenaje a Francisco de Paula Santander, en
el Paseo La Libertad.
d. Traslado del monumento del General José de San Martín, a la plaza
ubicada sobre la Avenida Santa Teresa casi Avenida Madame Linch.
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los
trece días del mes de agosto del año dos mil nueve, y por la Honorable
Cámara de Senadores, a los veintidós días del mes de octubre del año dos
mil nueve, quedando sancionado el mismo, de conformidad a lo dispuesto en
el Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Enrique Salyn Buzarquis Cáceres Miguel Carrizosa
Galiano
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de
Senadores
Oscar Luís Tuma Bogado Orlando
Fiorotto Sánchez
Secretario Parlamentario Secretario
Parlamentario
Asunción, 12 de noviembre de 2009
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Fernando Lugo Méndez
Rafael Filizzola
Ministro del Interior