Ley 3913
PODER LEGISLATIVO
LEY Nº 3.913
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD
DE CIUDAD DEL ESTE A TRANSFERIR A TÍTULO GRATUITO A FAVOR DE LA DIÓCESIS DE
CIUDAD DEL ESTE, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA Nº
5009, UBICADO EN EL BARRIO SAN JUAN DEL Km 8 ACARAY DEL CITADO MUNICIPIO,
ASIENTO DE LA CAPILLA SAN FRANCISCO DE ASÍS.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Desaféctase del dominio público municipal y
autorízase a la Municipalidad de Ciudad del Este a transferir a título
gratuito a favor de la Diócesis de Ciudad del Este, un inmueble
individualizado como parte de la Finca Nº 5009, Lote 01, Manzana 03 del
Distrito de Ciudad del Este, inscripto en la Dirección General de los
Registros Públicos, bajo el Nº 1 al folio 1 y siguientes del 27 de agosto
de 1982, ubicado en el barrio San Juan del Km 8 Acaray del citado
municipio, asiento de la Capilla "San Francisco de Asís", cuyas dimensiones
y linderos son los siguientes:
LINEA 1-2: con rumbo N 86º 53' 13" E (Norte, ochenta y seis grados,
cincuenta y tres minutos, trece segundos, Este), mide 62,23 m. (sesenta y
dos metros con veintitrés centímetros), linda con camino público, cuyas
coordenadas del punto Nº 1 son E= 734.706,08 N= 7.179.810,03.
LINEA 2-3: con rumbo S 22º 59' 20" W (Sur, veintidós grados,
cincuenta y nueve minutos, veinte segundos, Oeste), mide 29,19 m.
(veintinueve metros con diecinueve centímetros), linda con camino público,
cuyas coordenadas del punto Nº 2 son: E= 734.768,21 N= 7.179.813,41.
LINEA 3-4: con rumbo S 19º 29' 37" W (Sur, diecinueve grados,
veintinueve minutos, treinta y siete segundos, Oeste), mide 42,55 m.
(cuarenta y dos metros con cincuenta y cinco centímetros), linda con camino
público, cuyas coordenadas del punto Nº 3 son: 734.756,81 N= 7.179.786,54.
LINEA 4-5: con rumbo N 84º 27' 50" W (Norte, ochenta y cuatro grados,
veintisiete minutos, cincuenta segundos, Oeste), mide 44,15 m. (cuarenta y
cuatro metros con quince centímetros), linda con camino público, cuyas
coordenadas del punto Nº 4 son: E= 734.742,61 N= 7.179.746,42.
LINEA 5-1: con rumbo N 07º 06' 43" E (Norte, siete grados, seis
minutos, cuarenta y tres segundos, Este), mide 59,81 m. (cincuenta y nueve
metros con ochenta y un centímetros), linda con camino público, cuyas
coordenadas del punto Nº 5 son: E= 734.698,67 N= 7.179.750,68.
SUPERFICIE: 3.259 m2 7.078 cm2 (TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE
METROS CUADRADOS CON SIETE MIL SETENTA Y OCHO CENTÍMETROS CUADRADOS).
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los
trece días del mes de agosto del año dos mil nueve, y por la Honorable
Cámara de Senadores, a los veintidós días del mes de octubre del año dos
mil nueve, quedando sancionado el mismo, de conformidad a lo dispuesto en
el Artículo 207, numeral 1 de la Constitución Nacional.
Enrique Salyn Buzarquis Cáceres Miguel Carrizosa
Galiano
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de
Senadores
Oscar Luís Tuma Bogado Orlando
Fiorotto Sánchez
Secretario Parlamentario Secretario
Parlamentario
Asunción, 12 de noviembre de 2009
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Fernando Lugo Méndez
Rafael Filizzola
Ministro del Interior