Ley 3948

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY Nº 3.948<br /> QUE CREA LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE LA GRAN ASUNCIÓN.<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY<br /> Artículo 1°.- Créase la Universidad Autónoma de la Gran Asunción,<br /> entidad de gestión privada que adecuará su funcionamiento a las normas<br /> establecidas en la Ley Nº 136/93 "DE UNIVERSIDADES" y su modificatoria<br /> establecida a través de la Ley Nº 2.529/06 "QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 4º,<br /> 5º, 8º Y 15 DE LA LEY Nº 136/93 'DE UNIVERSIDADES', y la Ley Nº 1.264/98<br /> "GENERAL DE EDUCACIÓN".<br /> Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los<br /> veintisiete días del mes de agosto del año dos mil nueve, y por la<br /> Honorable Cámara de Senadores, a los tres días del mes de diciembre del año<br /> dos mil nueve, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo<br /> dispuesto en el Artículo 206 de la Constitución Nacional.<br /> Enrique Salyn Buzarquis Cáceres Miguel Carrizosa<br /> Galiano<br /> Presidente<br /> Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H.<br /> Cámara de Senadores<br /> Oscar Luis Tuma Bogado Ana María<br /> Mendoza de Acha<br /> Secretario Parlamentario<br /> Secretaria Parlamentaria<br /> Asunción, 24 de diciembre de 2009.<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Fernando Lugo Méndez<br /> Luis Alberto Riart Montaner<br /> Ministro de Educación y Cultura