Ley 3978

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY Nº 3.978<br /> QUE DECLARA DE INTERES SOCIAL Y EXPROPIA A FAVOR DE LA SECRETARIA DE ACCION<br /> SOCIAL (SAS), UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO FINCA Nº 201, CON CTA. CTE.<br /> CTRAL. Nº 27-1141-02, UBICADO EN EL BARRIO ESTANZUELA - ZONA NORTE DEL<br /> MUNICIPIO DE FERNANDO DE LA MORA, PARA SU POSTERIOR TRANSFERENCIA A TÍTULO<br /> ONEROSO A FAVOR DE SUS ACTUALES OCUPANTES.<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY<br /> Artículo 1°.- Declárase de interés social y exprópiase a favor de la<br /> Secretaría de Acción Social (SAS), un inmueble individualizado como Finca<br /> Nº 201, con Cta. Cte. Ctral. Nº 27-1141-02 del Distrito de Fernando de la<br /> Mora, ubicado en el Barrio Estanzuela - Zona Norte del citado municipio,<br /> para su posterior transferencia a título oneroso a favor de sus actuales<br /> ocupantes, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:<br /> AL ESTE: con rumbo S 25º 15' 11" E (Sur, veinticinco grados, quince<br /> minuto, once segundos, Este), mide 58,60 m. (cincuenta y ocho metros con<br /> sesenta centímetros), linda con la calle Convención;<br /> AL OESTE: En dos líneas; la 1ª con rumbo N 45º 00' W (Norte, cuarenta<br /> y cinco grados, cero minuto, Oeste), mide 22,63 m. (veintidós metros con<br /> sesenta y tres centímetros), linda con la calle Cañada del Carmen; la 2ª<br /> con rumbo N 26º 33' 54" W (Norte, veintiséis grados, treinta y tres<br /> minutos, cincuenta y cuatro segundos, Oeste), mide 38,01 m. (treinta y ocho<br /> metros con un centímetro) y linda con el Loteamiento Fallabela;<br /> AL NORTE: Con rumbo N 52º 59' 51" E (Norte, cincuenta y dos grados,<br /> cincuenta y nueve minutos, cincuenta y un segundos, Este) mide 86,40 m.<br /> (ochenta y seis metros con cuarenta centímetros), linda con la fracción<br /> reservada para plazas y edificios públicos; y<br /> AL SUR: Con rumbo S 51º 13' 33" W (Sur, cincuenta y un grados, trece<br /> minutos, treinta y tres segundos, Oeste), mide 78,24 m. (setenta y ocho<br /> metros con veinticuatro centímetros), linda con las Ctas. Ctes. Ctrales. Nº<br /> 27-0968-10 y Nº 27-0968-11.<br /> SUPERFICIE: 4.116 m2 2.297 cm2 (CUATRO MIL CIENTO DIECISEIS METROS<br /> CUADRADOS CON DOS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE CENTIMETROS CUADRADOS).<br /> Referencia: El esquinero Noroeste del inmueble se encuentra localizado<br /> con coordenadas UTM ZONA 21 SUR - DATUM WGS84 = NORTE 7200401/ESTE 444964,<br /> y el esquinero Suroeste = NORTE 7200299,03/ESTE 444927,97.<br /> Artículo 2º.- Procédase a indemnizar a las personas que legítimamente<br /> acrediten la calidad de propietarios del inmueble expropiado, conforme con<br /> lo dispuesto por la Constitución Nacional y las Leyes. La Secretaría de<br /> Acción Social (SAS) y los propietarios acordarán en un plazo no mayor a 90<br /> (noventa) días el precio de la Finca expropiada. En caso de no haber<br /> acuerdo en el citado plazo, las partes recurrirán al Juzgado de Primera<br /> Instancia que corresponda, a los efectos de la determinación judicial del<br /> precio.<br /> Artículo 3º.- La transferencia de los Lotes a los ocupantes se<br /> realizará después de comprobarse fehacientemente que los mismos y sus<br /> cónyuges no poseen otros inmuebles en el territorio de la República, a<br /> través de certificados de no poseer bienes inmuebles, y declaración jurada<br /> suscripta por los beneficiarios.<br /> Artículo 4º.- Los trámites de Loteamiento, administración, venta y<br /> transferencia del inmueble<br /> Artículo 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a quince<br /> días del mes de diciembre del año dos mil nueve, quedando sancionado el<br /> mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a veinticinco días del mes de<br /> marzo del año dos mil diez, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo<br /> 207 numeral 1) de la Constitución Nacional.<br /> César Ariel Oviedo Verdún Miguel Carrizosa<br /> Galiano<br /> Presidente<br /> Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H. Cámara de<br /> Senadores<br /> Eduardo Vera Bejarano Orlando Fiorotto<br /> Sánchez<br /> Secretario Parlamentario<br /> Secretario Parlamentaria<br /> Asunción, 13 de abril de 2010.<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Fernando Lugo Méndez<br /> Rafael Filizzola<br /> Ministro del Interior