Ley 4

Descarga el documento

[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY N° 04/92<br /> QUE APRUEBA EL DECRETO-LEY Nº 19 DE FECHA 10 DE MARZO DE 1992 "QUE AUTORIZA<br /> A LA TRANSFERENCIA DE PROGRAMA DEL CAPITULO 04 DEL MINISTERIO DEL INTERIOR<br /> AL CAPITULO 03 PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA, EJERCICIO FISCAL 1992".<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY:<br /> Artículo 1º.- Apruébase el Decreto-Ley Nº 19 de fecha 10 de marzo de 1992,<br /> cuyo texto es como sigue:<br /> "Art.1º.- Autorízase la transferencia del Programa del Capitulo 04,<br /> Ministerio del Interior, Función 05, Previsión y Bienestar Social, Sub-<br /> Función 05, Servicio de Bienestar Social, al Capitulo 03, Presidencia<br /> de la República, Función 05, Previsión y Bienestar Social, Sub-Función<br /> 05, Servicio de Bienestar Social, Programa 01, Represión del Tráfico<br /> Ilícito de Drogas y Estupefacientes, dentro del Presupuesto General de<br /> Gastos de la Nación, Ejercicio Fiscal 1992".<br /> "Art.2º.- Facúltase al Ministerio de Hacienda a disponer, mediante una<br /> Resolución, a través de la Dirección General de Presupuesto,<br /> dependiente de la Sub-Secretaría de Estado de Administración<br /> Financiera, la programación de la transferencia autorizada por el<br /> artículo 1º de este Decreto-Ley, por un monto de G. 1.387.472.375 (UN<br /> MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS<br /> MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO GUARANIES).<br /> Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobada por la H. Cámara de Diputados a cuatro días del mes de junio del<br /> año un mil novecientos noventa y dos y por la H. Cámara de Senadores,<br /> sancionándose la Ley, a dos días del mes de julio del año un mil<br /> novecientos noventa y dos.<br /> |José A. Moreno Rufinelli |Gustavo Díaz de Vivar |<br /> |Presidente |Presidente |<br /> |Honorable Cámara de Diputados|Honorable Cámara de |<br /> | |Senadores |<br /> | | |<br /> |Arnaldo Llorens |Julio Rolando Elizeche |<br /> |Secretario Parlamentario |Secretario Parlamentario |<br /> Asunción, 13 de julio de 1992.<br /> Téngase por Ley de la Republica, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Andrés Rodríguez<br /> Juan José Díaz Pérez<br /> Ministro de Hacienda