Ley 4029
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 4029
QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 3º DE LA LEY Nº 278/93 "QUE CREA LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL DEPARTAMENTO DE ÑEEMBUCÚ".
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y
Artículo 1°.- Modifícase el Artículo 3º de la Ley Nº 278/93 "QUE CREA
LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL DEPARTAMENTO DE ÑEEMBUCÚ", cuyo texto
quedará redactado de la siguiente manera:
"Art. 3º.- La Circunscripción Judicial de Ñeembucú abarcará
todos los Distritos del XII Departamento Ñeembucú con sede en Pilar."
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los
dieciocho días del mes de marzo del año dos mil diez, y por la Honorable
Cámara de Senadores, a los diez días del mes de junio del año dos mil diez,
quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el
Artículo 204 de la Constitución Nacional.
César Ariel Oviedo Verdún Miguel Carrizosa
Galiano
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H.
Cámara de Senadores
Juan Artemio Barrios
Orlando Fiorotto Sánchez
Secretario Parlamentario Secretario
Parlamentario
Asunción, 29 de junio de 2010.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Fernando Lugo Méndez
Humberto Blasco
Ministro de Justicia y Trabajo