Ley 435
PODER LEGISLATIVO
LEY N( 435
QUE MODIFICA EL ARTICULO 1º DE LA LEY Nº 166/93, "QUE DECLARA DE INTERES
SOCIAL Y EXPROPIA UNA FRACCION DE 200 HAS, (DOSCIENTAS HECTAREAS),
PROPIEDAD DE LAS HERMANAS ANGELA Y MARTINA GHETZ DRECHSLER A FAVOR DEL
INSTITUTO DE BIENESTAR RURAL (IBR).
EL CONGRESO DE LA NACION SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º.- Modifícase el Artículo 1º de la Ley Nº 166/93, cuyo texto
queda redactado como sigue:
"Art. 1º.- Declárase de interés social y exprópiase a favor del
Instituto de Bienestar Rural (IBR), una fracción de 200 Has.
(Doscientas Hectáreas), de una superficie mayor, propiedad de
las hermanas Angela y Martina Ghetz Drechsler, ubicada en el
Distrito de Hernandarias, Departamento de Alto Paraná,
individualizada como Finca Nº 2.954, Padrón 4.777, 4.778 y
4.782".
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la H. Cámara de Diputados, a veintiún días del mes de julio,
del año un mil novecientos noventa y cuatro, y por la H. Cámara de
Senadores, sancionándose la Ley, a veintinueve días del mes de setiembre,
del año un mil novecientos noventa y cuatro.
Atilio Martínez Casado Evelio
Fernández Arévalos
Presidente Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de Senadores
José Luis Cuevas Juan
Manuel Peralta
Secretario Parlamentario Secretario Parlamentario
Asunción, 11 de octubre de 1994.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Juan Carlos Wasmosy
Arsenio Vasconsellos
Ministro de Agricultura y Ganadería