Ley 442
PODER LEGISLATIVO
LEY N( 442
QUE DECLARA DE INTERES SOCIAL Y EXPROPIA A FAVOR DEL INSTITUTO DE BIENESTAR
RURAL (I.B.R.) VARIAS FINCAS DEL DISTRITO DE HORQUETA, DEPARTAMENTO
CONCEPCION
EL CONGRESO DE LA NACION SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Declárase de interés social y exprópiase a favor del
Instituto de Bienestar Rural (I.B.R.), la Finca No. 3.339/85 del Distrito
de Horqueta, con una superficie de 1.628 has. (mil seiscientos veintiocho
hectáreas), 9.789 ms2. (nueve mil setecientos ochenta y nueve metros
cuadrados) y 5.000 cms2. (cinco mil centímetros cuadrados); la Finca No.
3.503/85 del Distrito de Horqueta, con una superficie de 2.203 has. (dos
mil doscientos tres hectáreas), ambas fincas componentes de una fracción
que totaliza 3.831 has. (tres mil ochocientos treinta y un hectáreas),
asentamiento de la colonia campesina "Alemán Cué" del Distrito de Horqueta,
Departamento Concepción.
Artículo 2°.- El Instituto de Bienestar Rural (I.B.R.) y los
propietarios acordarán en un plazo de 90 (noventa) días el precio de las
fincas expropiadas. En caso de no haber acuerdo podrán recurrir al Juzgado
de Primera Instancia en lo Civil y Comercial a los efectos de la
determinación judicial del precio.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la Honorable Cámara de Senadores el veinte de setiembre del
año un mil novecientos noventa y cuatro y por la Honorable Cámara de
Diputados, sancionándose la Ley el seis de octubre del año un mil
novecientos noventa y cuatro.
Atilio Martínez Casado Evelio Fernández Arévalos
Presidente Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de Senadores
Mirian Graciela Alfonso González Artemio Castillo
Secretario Parlamentario Secretario Parlamentario
Asunción, 24 de octubre de 1994
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Juan Carlos Wasmosy
Arsenio Vasconsellos
Ministro de Agricultura y Ganadería