Ley 472
PODER LEGISLATIVO
LEY Nº 472
QUE CREA UNA MUNICIPALIDAD DE PRIMERA CATEGORÍA EN EL DISTRITO "PRESIDENTE
STROESSNER"
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Art. 1°.- Créase una Municipalidad de primera categoría en el
Distrito de "PRESIDENTE STROESSNER". El asiento de dicha Municipalidad es
la Ciudad "Presidente Stroessner".
Art. 2°.- La Junta Municipal estará compuesta por nueve miembros
titulares y seis suplentes, de conformidad al artículo 26 apartado 2 de la
Ley N° 222, Orgánica Municipal, modificado por el Decreto Ley N° 210 del 8
de setiembre de 1959, aprobado por Ley N° 601 del 23 de julio de 1960.
Art. 3°.- La Comisióo de Administración de Puerto "Presidente
Stroessner" hará entrega, bajo inventario, de todos los bienes del Distrito
de "Presidente Stroessner" al Intendente Municipal designado por el Poder
Ejecutivo y, conjuntamente, a la Junta Municipal electa en las elecciones
municipales del año 1975.
Art. 4°.- Una vez que sean cumplidas las disposiciones del artículo
anterior de esta ley, quedarán terminadas las funciones encomendadas a la
Comisión de Administración del Puerto "Presidente Stroessner", creada por
Ley N° 623 del 18 de agosto de 1960.
Art. 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO NACIONAL, A LOS SIETE DIAS
DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO UN MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO.
J. AUGUSTO SALDIVAR JUAN
RAMON CHAVES
PRESIDENTE CAMARA DE DIPUTADOS PRESIDENTE CAMARA DE SENADORES
BONIFACIO IRALA AMARILLA CARLOS MARIA
OCAMPOS ARBO
SECRETARIO PARLAMENTARIO SECRETARIO
PARLAMENTARIO
Asuoción, 15 de noviembre de 1974
TENGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLIQUESE E INSERTESE EN EL REGISTRO
OFICIAL.
SABINO A. MONTANARO GRAL. DE EJERCITO ALFREDO
STROESSNER
MINISTRO DEL INTERIOR PRESIDENTE
DE LA REPÚBLICA