Ley 498
PODER LEGISLATIVO
LEY N( 498
QUE DECLARA DE INTERES SOCIAL Y EXPROPIA A FAVOR DEL INSTITUTO DE BIENESTAR
RURAL, UN INMUEBLE SITUADO EN EL PARAJE DENOMINADO "LOMA Y TUYUTI", DEL
DISTRITO DE EUSEBIO AYALA, DEPARTAMENTO CORDILLERA
EL CONGRESO DE LA NACION SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Declárase de interés social y exprópiase a favor del
Instituto de Bienestar Rural (I.B.R.) para su posterior venta a los
campesinos de la colonia Curupayty, un inmueble individualizado como Finca
No. 187, de 441 has. (cuatrocientos cuarenta y un hectáreas), 9.327 ms2.
(nueve mil trescientos veintisiete metros cuadrados), 319 dms2.
(trescientos diecinueve decímetros cuadrados), del Distrito de Eusebio
Ayala, Compañía Curupayty, Departamento Cordillera y sus desprendimientos.
Artículo 2°.- El Instituto de Bienestar Rural (IBR) y el propietario
del inmueble individualizado, afectado por la expropiación, acordarán en un
plazo de 90 (noventa) días el precio del inmueble. En caso de no haber
acuerdo entre las partes, deberán recurrir a la justicia ordinaria de la
jurisdicción a los efectos de la determinación judicial del precio.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la Honorable Cámara de Senadores el veinte de setiembre del
año un mil novecientos noventa y cuatro y por la Honorable Cámara de
Diputados, sancionándose la Ley el diecisiete de noviembre del año un mil
novecientos noventa y cuatro.
Atilio Martínez Casado Evelio Fernández Arévalos
Presidente Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de Senadores
Mirian Graciela Alfonso González Víctor Rodríguez Bojanovich
Secretario Parlamentario Secretario Parlamentario
Asunción, 6 de noviembre de 1994
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Juan Carlos Wasmosy
Arsenio Vasconsellos
Ministro de Agricultura y Ganadería