Ley 53
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 53/91
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA
MUNICIPALIDAD DE LAMBARE, A TRANSFERIR A TITULO ONEROSO A SUS ACTUALES
OCUPANTES, UNA FRACCION DE TERRENO INDIVIDUALIZADO COMO FINCA N( 3.100
Y CON CTA. CTE. CTRAL. N( 13-264 DEL BARRIO PILAR
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1(.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase a la
Municipalidad de Lambaré, a transferir a título oneroso a sus actuales
ocupantes, una fracción de terreno individualizada como Finca N( 3.100 y
con Cta. Cte. Ctral. N( 13-264 del Barrio Pilar, cuyas dimensiones y
linderos son las siguientes:
Al Norte: mide 69,44 metros y linda con la Calle Ecuador;
Al Sur : mide 69,44 metros y linda con la Calle Tercera;
Al Este : mide 113,10 metros y linda con la Calle Tte. Alcides Gonzáles; y,
Al Oeste: mide 113,10 metros y linda con la Calle Séptima.
Superficie Total: 7.853 m( 66 dms( (Siete mil ochocientos cincuenta y tres
metros cuadrado con sesenta y seis decímetros cuadrados).
Artículo 2(.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la H. Cámara de Diputados a diez días del mes de setiembre del
año un mil novecientos noventa y uno y por la H. Cámara de Senadores,
sancionándose la Ley, a dos días del mes de octubre del año un mil
novecientos noventa y uno.
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|José A. Moreno Ruffinelli |Gustavo Díaz de Vivar |
|Presidente, H.Cámara de |Presidente, H.Cámara de |
|Diputados |Senadores |
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|Luís Guanes Gondra |Abrahán Esteche |
|Secretario Parlamentario |Secretario Parlamentario |
Asunción, 7 de octubre de 1991
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
Andrés Rodríguez
Presidente de la República
Orlando Machuca Vargas
Ministro del Interior