Ley 531

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531<br /> QUE DETERMINA INDICES DE SOLVENCIA PATRIMONIAL DE BANCOS Y ENTIDADES<br /> FINANCIERAS<br /> Artículo 1º.- Modifícase el Artículo 12 de la Ley Nº 417/73<br /> "General de Bancos y de otras Entidades Financieras", que queda redactado<br /> como sigue:<br /> "Art. 12.- Los bancos y demás entidades financieras que operan en<br /> el país deberán mantener un patrimonio propio compuesto por capital<br /> integrado, reservas de capital, reservas de revalúo, utilidades<br /> acumuladas, utilidades del ejercicio, y otras reservas, de los que se<br /> deducirán las pérdidas si las hubieren, equivalente a por lo menos un<br /> 15 % (quince por ciento) de su activo total.<br /> A los efectos de dicho cálculo se deducirán de los activos:<br /> a) Los encajes legales y especiales depositados en el Banco Central<br /> del Paraguay;<br /> b) Las letras de regulación monetaria emitidas por el Banco Central<br /> del Paraguay y en poder de los bancos y demás entidades financieras;<br /> c) Los depósitos obrantes en el Banco Central del Paraguay; y,<br /> d) Los bonos y letras emitidos por el Tesoro Nacional obrantes en<br /> las carteras de los bancos y demás entidades financieras.<br /> El Banco Central del Paraguay reglamentará la aplicación del<br /> presente artículo."<br /> Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobada por la H. Cámara de Senadores el seis de diciembre del año un<br /> mil novecientos noventa y cuatro y por la H. Cámara de Diputados,<br /> sancionándose la Ley, el diecinueve de diciembre del año un mil<br /> novecientos noventa y cuatro.<br /> Atilio Martínez Casado<br /> Evelio Fernández Arévalos<br /> Presidente<br /> Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H. Cámara<br /> de Senadores<br /> Mirian Graciela Alfonso González<br /> Juan Manuel Peralta<br /> Secretaria Parlamentaria<br /> Secretario Parlamentario<br /> Asunción, de de 1994<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el<br /> Registro Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Juan Carlos Wasmosy<br /> Orlando Bareiro<br /> Ministro de Hacienda