Ley 54
PODER LEGISLATIVO
LEY N( 54/90
QUE APRUEBA, CON MODIFICACIONES, EL DECRETO-LEY Nº 9 DE FECHA 9 DE
FEBRERO DE 1990, QUE AUTORIZA AL MINISTERIO DE HACIENDA A RECIBIR Y
LIQUIDAR BIENES EN REPRESENTACION DEL ESTADO PARAGUAYO.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Apruébase, con modificaciones, el Decreto-Ley Nº 9 de
fecha 9 de febrero de 1990, "Que autoriza al Ministerio de Hacienda a
recibir y liquidar bienes en representación del Estado Paraguayo", cuyo
texto es como sigue:
"Art. 1º. El Ministerio de Hacienda recibirá con carácter
definitivo, en representación del Estado Paraguayo, los bienes y
valores que fueren entregados voluntariamente o recuperados con
motivos de denuncias o juicios seguidos por ilícitos contra la
administración pública".
"Art. 2º. El Ministerio de Hacienda liquidará los bienes y
valores mediante subasta pública, de conformidad con los dispuesto por
la Ley".
La subasta pública será anunciada en dos diarios de amplia
circulación de la Capital, por diez (10) días corridos.
Los bienes, títulos y demás documentos serán puestos a
disposicion de los interesados en los lugares que se consignarán en
los anuncios respectivos".
"Art 3º. Los fondos provenientes conforme a lo dispuesto en
los artículos 1º y 2º de esta Ley ingresarán a Rentas Generales de la
Nación, a los efectos de su utilización, deberán programarse de
acuerdo a la Ley Nº 14/68, Orgánica de Presupuesto".
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la H. Cámara de Diputados a catorce días del mes de agosto del
año un mil novecientos noventa y por la H. Cámara de Senadores,
sancionándose la Ley, a siete de setiembre del año un mil novecientos
noventa.
|José A. Moreno | |Waldino Ramón Lovera |
|Ruffinelli | |Presidente |
|Presidente | |H. Cámara de Senadores |
|H. Cámara de Diputados | | |
|Carlos Galeano Perrone | |Julio Rolando Elizeche |
|Secretario Parlamentario| |Secretario Parlamentario|
Asunción, 21 de setiembre de 1990.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Andrés Rodríguez
Enzo Debernardi
Ministro de Hacienda.