Ley 58

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY N° 58/91<br /> QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA<br /> MUNICIPALIDAD DE ASUNCION, A TRANSFERIR A TITULO ONEROSO A SUS ACTUALES<br /> OCUPANTES, EL INMUEBLE CON CTA. CTE. CTRAL. N( 14-1408-00, UBICADO EN<br /> EL BARRIO SAN PABLO DEL CITADO MUNICIPIO<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY<br /> Artículo 1(.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase a la<br /> Municipalidad de Asunción, a transferir a título oneroso a sus actuales<br /> ocupantes, el inmueble con Cta. Cte. Ctral. N( 14-1408-00, de la Zona N( 14<br /> "Recoleta", ubicado en el Barrio San Pablo del citado Municipio, cuyas<br /> dimensiones y linderos son los siguientes:<br /> Al Norte:mide 98,70 ms. y linda con la Calle 2da.;<br /> Al Sur :mide 94,00 ms. y linda con pasaje;<br /> Al Este :mide 37,50 ms. y linda con la Calle Mbocayá;<br /> Al Oeste:mide 37,50 ms. y linda con la Calle Pilar.<br /> Superficie Total: 3.613, 125 ms( (Tres mil seiscientos trece metros<br /> cuadrados son ciento veinte y cinco centímetros cuadrados).<br /> Artículo 2(.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobada por la H.Cámara de Diputados a tres días del mes de octubre del<br /> año un mil novecientos noventa y uno y por la H.Cámara de Senadores,<br /> sancionándose la Ley, a veintitrés días del mes de octubre del año un mil<br /> novecientos noventa y uno.<br /> | | |<br /> |José A. Moreno Ruffinelli |Gustavo Díaz de Vivar |<br /> |Presidente, H.Cámara de |Presidente, H.Cámara de |<br /> |Diputados |Senadores |<br /> | | |<br /> |Luís Guanes Gondra |Abrahán Esteche |<br /> |Secretario Parlamentario |Secretario Parlamentario |<br /> Asunción, 31 de octubre de 1991<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> Andrés Rodríguez<br /> Presidente de la República<br /> Orlando Machuca Vargas<br /> Ministro del Interior