Ley 582
Cámara de representantes
LEY Nº 582
POR LA CUAL SE APRUEBA EL DECRETO-LEY N° 233 DEL 18 DE DICIEMBRE
DE 1959 "POR EL CUAL SE CREA UN IMPUESTO ADICIONAL DE (GS. 0.50)
CINCUENTA CENTIMOS DE GUARANI, POR CADA LITRO DE NAFTA COMUN, CUYO
PRODUCIDO SE DESTINARA A COMPLEMENTAR LOS FONDOS PARA LA
FINANCIACION DE LA RUTA TRANS-CHACO".
La Honorable Cámara de Representantes de la Nación Paraguaya
sanciona con fuerza de
LEY:
Artículo 1º.- Apruébase el Decreto-Ley N° 233 de fecha 18 de diciembre
de 1959, por el cual se crea un impuesto adicional de (gs. 0.50)
cincuenta céntimos de guarani, por cada litro de nafta común,
cuyo producido se destinará a complementar los fondos para la
financiación de la Ruta Trans-Chaco.
Artículo 2º.- Comuníquese al poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de
Representantes de la Nación, a trece de mayo del año un mil
novecientos sesenta.
Pedro C. Gauto Samudio
J. Eulogio Estigarribia
SECRETARIO
PRESIDENTE DE LA H. C. R.
Asunción, 24 de mayo de 1960
TENGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLIQUESE E INSERTESE EN
REGISTRO OFICIAL.-
CESAR BARRIENTOS
ALFREDO STROESSNER