Ley 588
Cámara de Representantes
LEY Nº 588
POR EL CUAL SE APRUEBA EL DECRETO-LEY N° 206 DE FECHA 31 DE AGOSTO
DE 1959, "POR EL CUAL SE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE CARMEN DEL
PARANA, A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO, UNA FRACCION DE TERRENO DE
SU PATRIMONIO PRIVADO, A FAVOR DE LA PRELATURA NULLIUS DE
ENCARNACION Y ALTO PARANA-PARAGUAY.
La Honorable Cámara de Representantes de la Nación Paraguaya
sanciona con fuerza de
LEY:
Artículo 1º.- Apruébase el Decreto-Ley N° 206 de fecha 31 de agosto de
1959, "Por el cual se autoriza a la Municipalidad de Carmen del
Paraná, a transferir a título gratuito, una fracción de terreno
de su patrimonio privado, a favor de la Prelatura Nullius de
Encarnación y Alto Paraná-Paraguay.
Artículo 2º.- Comuníquese al poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de
Representantes de la Nación, a dos de junio del año un mil
novecientos sesenta.
Pedro C. Gauto Samudio
J. Eulogio Estigarribia
SECRETARIO
PRESIDENTE DE LA H. C. R.
Asunción, 10 de junio de 1960
TENGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLIQUESE E INSERTESE EN
REGISTRO OFICIAL.-
EDGAR L. INSFRAN
ALFREDO STROESSNER