Ley 588
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 588
QUE DECLARA MONUMENTO NACIONAL EL SITIO DONDE MURIERA TRAGICAMENTE EL
MARISCAL JOSE FELIX ESTIGARRIBIA
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Art. 1°.- Declárase monumento nacional el lugar denominada AGUAI-Y, del
Distrito de Loma Grande, sitio donde el 7 de Setiembre de 1940
falleció trágicamente el Mariscal José Félix Estigarribia,
Presidente de la República del Paraguay y Comandante en Jefe de las
Fuerzas Armadas de la Nación.
Art. 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONGRESO NACIONAL A LOS
VEINTE Y SIETE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO UN MIL NOVECIENTOS
SETENTA Y SEIS.
J. AUGUSTO SALDIVAR
JUAN RAMON CHAVES
PRESIDENTE CAMARA DE DIPUTADOS PRESIDENTE CAMARA DE
SENADORES
BONIFACIO IRALA AMARILLA CARLOS MARIA
OCAMPOS ARBO
SECRETARIO PARLAMENTARIO SECRETARIO
GENERAL
Asunción, 3 de setiembre de 1976
TENGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLIQUESE E INSERTESE AL REGISTRO
OFICIAL.
SABINO A. MONTANARO GRAL. DE EJERC. ALFREDO
STROESSNER
MINISTRO DEL INTERIOR PRESIDENTE DE LA
REPUBLICA