Ley 59
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 59/91
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA
MUNICIPALIDAD DE LAMBARE, A TRANSFERIR A TITULO ONEROSO A SUS ACTUALES
OCUPANTES, UNA FRACCION DE TERRENO UBICADO EN EL BARRIO VALLE YBATE DEL
CITADO MUNICIPIO
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1(.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase a la
Municipalidad de Lambaré, a transferir a título oneroso a sus actuales
ocupantes, una fracción de terreno ubicado en el Barrio Valle Ybaté del
citado Municipio con Cta. Cte. Ctral. N( 13-305-15, cuyas dimensiones y
linderos son los siguientes:
Al Norte:mide 82,90 ms. y linda con la Avda. Médicos del Chaco;
Al Sur :mide 86,77 ms. y linda con la Avda. República Argentina;
Al Este :mide 64,30 ms. y linda con derechos del señor Juan Núñez; y
Al Oeste:mide 40,09 ms. y linda con derechos del señor Celso Antonio Ojeda.
Superficie Total: 4.427, 9.628 ms( (Cuatro mil cuatrocientos veinte y siete
metros cuadrados con nueve mil seiscientos veinte y ocho centímetros
cuadrados).
Artículo 2(.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobad por la H. Cámara de Diputados a tres días del mes de octubre del
año un mil novecientos noventa y uno y por la H. Cámara de Senadores,
sancionándose la Ley, a veintitrés días del mes de octubre del año un mil
novecientos noventa y uno.
|José A. Moreno Ruffinelli |Gustavo Díaz de Vivar |
|Presidente, H.Cámara de |Presidente, H.Cámara de |
|Diputados |Senadores |
| | |
|Luis Guanes Gondra |Abrahán Esteche |
|Secretario Parlamentario |Secretario Parlamentario |
Asunción, 31 de octubre de 1991
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
Andrés Rodríguez
Presidente de la República
Orlando Machuca Vargas
Ministro del Interior