Ley 59

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY N° 59/91<br /> QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA<br /> MUNICIPALIDAD DE LAMBARE, A TRANSFERIR A TITULO ONEROSO A SUS ACTUALES<br /> OCUPANTES, UNA FRACCION DE TERRENO UBICADO EN EL BARRIO VALLE YBATE DEL<br /> CITADO MUNICIPIO<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY<br /> Artículo 1(.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase a la<br /> Municipalidad de Lambaré, a transferir a título oneroso a sus actuales<br /> ocupantes, una fracción de terreno ubicado en el Barrio Valle Ybaté del<br /> citado Municipio con Cta. Cte. Ctral. N( 13-305-15, cuyas dimensiones y<br /> linderos son los siguientes:<br /> Al Norte:mide 82,90 ms. y linda con la Avda. Médicos del Chaco;<br /> Al Sur :mide 86,77 ms. y linda con la Avda. República Argentina;<br /> Al Este :mide 64,30 ms. y linda con derechos del señor Juan Núñez; y<br /> Al Oeste:mide 40,09 ms. y linda con derechos del señor Celso Antonio Ojeda.<br /> Superficie Total: 4.427, 9.628 ms( (Cuatro mil cuatrocientos veinte y siete<br /> metros cuadrados con nueve mil seiscientos veinte y ocho centímetros<br /> cuadrados).<br /> Artículo 2(.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobad por la H. Cámara de Diputados a tres días del mes de octubre del<br /> año un mil novecientos noventa y uno y por la H. Cámara de Senadores,<br /> sancionándose la Ley, a veintitrés días del mes de octubre del año un mil<br /> novecientos noventa y uno.<br /> |José A. Moreno Ruffinelli |Gustavo Díaz de Vivar |<br /> |Presidente, H.Cámara de |Presidente, H.Cámara de |<br /> |Diputados |Senadores |<br /> | | |<br /> |Luis Guanes Gondra |Abrahán Esteche |<br /> |Secretario Parlamentario |Secretario Parlamentario |<br /> Asunción, 31 de octubre de 1991<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> Andrés Rodríguez<br /> Presidente de la República<br /> Orlando Machuca Vargas<br /> Ministro del Interior