Ley 6

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY N° 06/92<br /> QUE APRUEBA EL DECRETO-LEY Nº 32, DEL 31 DE MARZO DE 1992, POR EL CUAL SE<br /> TRASLADA EL ASIENTO DE UN JUZGADO EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL Y TUTELAR<br /> DEL MENOR, A OTRA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL Y SE INSTITUYEN NUEVAS<br /> COMPETENCIAS A UN JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA, REVOCANDO LAS ANTERIORES.<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY:<br /> Artículo 1º.- Apruébase el Decreto-Ley Nº 32, del 31 de marzo de 1992. Por<br /> el cual se traslada el asiento de un Juzgado en lo Civil, Comercial,<br /> Laboral y Tutelar del Menor, a otra circunscripción judicial y se<br /> instituyen nuevas competencias a un Juzgado de Primera Instancia, revocando<br /> las anteriores, cuyo texto es como sigue:<br /> "Art.1º.- Trasládase el asiento del Juzgado de Primera Instancia en lo<br /> Civil, Comercial, Laboral y Tutelar del Menor, asignado en la Ley Nº<br /> 115/91 a la Circunscripción Judicial de Ciudad del Este".<br /> "Art.2º.- Institúyese la competencia Criminal y Correccional del Menor<br /> al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y<br /> Tutelar del Menor del Segundo Turno de la Circunscripción Judicial de<br /> Concepción, el cual queda constituido como Juzgado de Primera<br /> Instancia en lo Criminal y Correccional del Menor".<br /> Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado por la Honorable Cámara de Senadores el veinte y uno de mayo del<br /> año un mil novecientos noventa y dos y por la Honorable Cámara de<br /> Diputados, sancionándose la Ley, el dos de julio del año un mil novecientos<br /> noventa y dos.<br /> |José A. Moreno Rufinelli |Gustavo Díaz de Vivar |<br /> |Presidente |Presidente |<br /> |Honorable Cámara de Diputados|Honorable Cámara de |<br /> | |Senadores |<br /> | | |<br /> |Carlos Galeano Perrone |Evelio Fernández Arévalos |<br /> |Secretario Parlamentario |Secretario Parlamentario |<br /> Asunción, 28 de julio de 1992<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Andrés Rodriguez<br /> Hugo Estigarribia Elizeche<br /> Ministro de Justicia y Trabajo