Ley 6
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 06/92
QUE APRUEBA EL DECRETO-LEY Nº 32, DEL 31 DE MARZO DE 1992, POR EL CUAL SE
TRASLADA EL ASIENTO DE UN JUZGADO EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL Y TUTELAR
DEL MENOR, A OTRA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL Y SE INSTITUYEN NUEVAS
COMPETENCIAS A UN JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA, REVOCANDO LAS ANTERIORES.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º.- Apruébase el Decreto-Ley Nº 32, del 31 de marzo de 1992. Por
el cual se traslada el asiento de un Juzgado en lo Civil, Comercial,
Laboral y Tutelar del Menor, a otra circunscripción judicial y se
instituyen nuevas competencias a un Juzgado de Primera Instancia, revocando
las anteriores, cuyo texto es como sigue:
"Art.1º.- Trasládase el asiento del Juzgado de Primera Instancia en lo
Civil, Comercial, Laboral y Tutelar del Menor, asignado en la Ley Nº
115/91 a la Circunscripción Judicial de Ciudad del Este".
"Art.2º.- Institúyese la competencia Criminal y Correccional del Menor
al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y
Tutelar del Menor del Segundo Turno de la Circunscripción Judicial de
Concepción, el cual queda constituido como Juzgado de Primera
Instancia en lo Criminal y Correccional del Menor".
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado por la Honorable Cámara de Senadores el veinte y uno de mayo del
año un mil novecientos noventa y dos y por la Honorable Cámara de
Diputados, sancionándose la Ley, el dos de julio del año un mil novecientos
noventa y dos.
|José A. Moreno Rufinelli |Gustavo Díaz de Vivar |
|Presidente |Presidente |
|Honorable Cámara de Diputados|Honorable Cámara de |
| |Senadores |
| | |
|Carlos Galeano Perrone |Evelio Fernández Arévalos |
|Secretario Parlamentario |Secretario Parlamentario |
Asunción, 28 de julio de 1992
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Andrés Rodriguez
Hugo Estigarribia Elizeche
Ministro de Justicia y Trabajo